PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 30 DE MARZO DE 2012.

 

CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO AS INHÁBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LOS ACTOS, TRAMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN, COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2012 Y AL MES DE ENERO DE 2013.

 

RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XV, 16 fracciones IV y VII, 34 fracción XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 y 71, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; numeral 31, segunda párrafo, de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal es un organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, sectorizado a la Contraloría General del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con los artículos 87, 97 y 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2o., 3o. fracciones IV y IX, 40, 47, 48 de la Ley de Administración Pública del Distrito Federal, y 3o. delaLey Orgánica de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que el personal que presta sus servicios a la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, se rige por las disposiciones del apartado A” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal del Trabajo.

 

Que la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 73 y 74, establece que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus as de descanso, y que son días de descanso obligatorio el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5o. de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis os, cuando corresponda a la transmisión del Poder EjecutivoFederal, el 25 de diciembre y los que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, de aplicación supletoria ala Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los as: sábados y domingos, el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5o. de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Que conforme a lo establecido por el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los plazos establecidos por periodos se computarán todos los as; cuando se fijen por mes o por año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de días en el mes calendario correspondiente, el rmino será el primer día hábil del siguiente mes de calendario y si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

 

Que el numeral 31 de los “Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal”, publicado el 23 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, modificado y adicionado mediante Acuerdo 1406/SE/15-11/2011, aprobado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, INFODF, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX.

 

Que en rminos de lo dispuesto por los artículos 47, 51, 78, 80 fracciones II y VI, 82, 85, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como lo dispuesto por los artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención y trámite de las solicitudes de acceso a la información pública y las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u  oposición de datos personales; y la sustanciación y presentación de los informes relacionados con los recursos de revisión, que se promuevan ante el (INFODF) y que sean competencia de la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y rminos en todos aquellos asuntos, trámites y procedimientos competencia de la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal. Asimismo, dicha suspensión de plazos y rminos será aplicable en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública, de acceso, rectificación, cancelación, u oposición de datos personales, de recursos de revisión y de procedimientos administrativos en general que reciba para su atención la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, por cualquiera de los medios estipulados en la normatividad aplicable.

 

Que con el objeto de atender los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad consagrados en el artículo 2o. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es necesario hacer del conocimiento de los particulares los días considerados como inhábiles correspondientes al año 2012 y el mes de enero de 2013, para efecto de los trámites en que interviene la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO

 

ÚNICO.- Para efectos de los actos y procedimientos competencia de la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, se considerarán como inhábiles–enadición a los as determinados por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal mediante acuerdo 0122/SO/09-02/2012, publicado el 22 de febrero de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal–los días del año dos mil doce: 06 de febrero en conmemoración del 5 de febrero; 19 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 2, 3, 4, 5 y 6 de abril; 1o.de mayo; 23, 24, 25, 26 y 27 de julio; 2de noviembre; 19 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y31 de diciembre; así como los días 1o., 2, 3 y 4del mes de enero del año dos mil trece.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO.-El presente Acuerdo surtirá efectos el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

TERCERO.- La recepción, registro, trámite, resolución y  notificación de  solicitudes de  información pública y  de acceso, rectificación, cancelación y oposición de solicitudes de datos personales, y demás actos y procedimientos en materia de acceso a la información, se realizarán en días hábiles por conducto de la Oficina de Información Pública, con domicilio en Tacuba No. 4, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010, en un horario de atención de las 9:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes, teléfono 5130-5570 extensión 5373 y correo electrónico oieap@df.gob.mx, cuya titular es la licenciada Yuridia Rojas Alegría.

 

CUARTO.- Difúndase el presente Acuerdo en los estrados de la Oficina de Información Pública de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, en la  sección de Transparencia del portal electrónico,e infórmese al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y Protección de Datos Personales, para los efectos conducentes.

 

 

Ciudad de México, a los 23 días del mes de marzo de 2012

 

(Firma)

 

LIC. RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA

CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL