PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE
JUNIO DE 2012.
Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para
vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas del 30
de junio de 2012 a las 24:00 del día 1º de julio del presente año, en los
establecimientos mercantiles en todo el territorio que comprende el Distrito
Federal
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA
DE GOBIERNO
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de
Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de la facultad que le confiere el
artículo 5, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito
Federal, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 12, 87 y 104 del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2,7, 10 fracción IX, 15, 16 fracción
IV, 23 fracciones IX, XXII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 26 fracciones X y XVII del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal y 286 numeral 2 del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Federal Electoral, el
Instituto Electoral del Distrito Federal y el Gobierno del Distrito Federal
celebraron el Convenio de Apoyo y Colaboración en donde en su Cláusula 1.11,
establece que el Gobierno del Distrito Federal dispondrá las medidas necesarias
para que el día de la elección y el previo, se limite el horario de servicio de
establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 286 numeral 2, del Código Federal de Instituciones
y Procedimientos Electorales.
Que la Secretaría de Gobierno es
competente para ordenar la suspensión de actividades en los establecimientos
mercantiles que operen algunos giros que requieran licencia de funcionamiento o
declaración de apertura, en fechas u horas determinadas, con el objeto de
vigilar que no se altere el orden y la seguridad pública.
Que las actividades relacionadas con la
venta de bebidas alcohólicas en establecimientos mercantiles al ser de alto
impacto social, podrían traer consecuencias negativas para seguridad pública si
se desarrollan en los días de las votaciones, debido a la gran cantidad de
gente que acude a hacer efectivo su sufragio.
Que con motivo de la Jornada Electoral
y de conformidad con lo acordado en el Convenio de Apoyo y Colaboración, es
necesario establecer medidas preventivas para resguardar el orden y la
seguridad pública dentro de las cuales queda comprendida la prohibición de la
venta de bebidas alcohólicas en cualquiera de sus modalidades en todo el
territorio que comprende el Distrito Federal, por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se ordena la
suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus
graduaciones, de las 00:00 horas del 30 de junio de 2012 a las 24:00 del día 1º
de julio del presente año, en los establecimientos mercantiles en todo el
territorio que comprende el Distrito Federal, que operen como cantinas,
pulquerías, bares, cervecerías, peñas, salas de cine con venta de bebidas
alcohólicas, cabarets, vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con
licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales,
centros nocturnos, discotecas, salones de baile, restaurantes, fondas así como,
en general, cualquier tipo de establecimiento mercantil en el que se expendan o
consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente
con motivo de las ferias y tradiciones populares en la vía pública.
SEGUNDO.- Las violaciones al
presente acuerdo serán sancionadas pecuniariamente y con clausura de
conformidad con la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entra
en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal y, a través de dos diarios de circulación
nacional, con venta en el Distrito Federal.
El presente Acuerdo se
suscribe en la oficina del Secretario de Gobierno del Distrito Federal, en la
Ciudad de México, Distrito Federal a los 25 días del mes de junio de dos mil
doce.
EL
SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
HÉCTOR SERRANO CORTÉS