PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

 

CONTRALORÍA GENERAL

 

LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN DE TRANSICIÓN EN EL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LOS ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL

 

RICARDO GARCÍA SAINZ LAVISTA, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 2°, segundo párrafo, 7°, primer párrafo, 15, fracción XV, 16, fracción IV, 17 y 34, fracciones IV y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 16, 17, 18, 21 y 24 de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal y 28, primer párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que es obligación de los servidores públicos de los Órganos Político-Administrativos del Distrito Federal conducir sus actividades de acuerdo a los principios de legalidad, transparencia, honradez, lealtad, imparcialidad, simplificación, agilidad, economía, eficiencia y eficacia.

 

Que con fecha 13 de marzo del 2002 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, con el propósito de establecer las disposiciones conforme a las cuales los servidores públicos deberán rendir el informe del estado de los asuntos y recursos al separarse de su empleo, cargo o comisión en la Administración Pública del Distrito Federal, así como las acciones previas al acto formal de entregarecepción, como es la designación de la comisión de transición y la obligación de los titulares salientes para iniciar la transferencia de los documentos e informes, a efecto de conocer los asuntos relacionados y la situación de la administración, para la adecuada continuidad de la actividad gubernamental.

 

Que conforme al artículo 24 de la Ley de la materia, en relación con los artículos 16, fracción IV y 34, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta Contraloría General está facultada para expedir las normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de control de la Administración, en específico, dictar las medidas complementarias para la exacta aplicación de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

Que en ejercicio de esas atribuciones, el suscrito emitió los Lineamientos para la rendición de cuentas derivado del informe de gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012 publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de diciembre de 2010, cuyo objeto fue establecer los requisitos y/o tipo de información que deberá contener el informe de gestión de las Dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, incluyendo la evidencia documental de sus programas, proyectos y acciones realizadas, que permita garantizar una rendición de cuentas clara, veraz y transparente por el período comprendido de diciembre 2006 a diciembre de 2012, y en el caso de las Delegaciones, de octubre de 2009 a septiembre de 2012.

 

Que para la presente administración es de fundamental importancia que los actos de entrega-recepción de los servidores públicos del Distrito Federal se realicen con legalidad, transparencia y eficacia, para que se garantice la continuidad en las acciones, actividades institucionales y la prestación de los servicios públicos, aprovechando al máximo los recursos financieros, humanos y materiales que la Administración Pública pone a su disposición para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, preservando los valores, documentos, programas, estudios y proyectos institucionales.

 

Que la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal determina, en los artículos 16 y 17, que el proceso de entrega-recepción deberá iniciar desde que la autoridad entrante de la Delegación que corresponda haya sido legalmente reconocida. Para el caso del inicio de la administración 2012-2015, se entregarán las constancias de mayoría a los Jefes Delegacionales electos por parte del Instituto Electoral del Distrito Federal, en consecuencia, deberá integrarse una Comisión de transición a efecto de que ésta sea reconocida por los servidores públicos en funciones, consolidando el proceso de entrega-recepción.

 

Que este proceso consiste en que, de manera previa al acto formal de entrega recepción, se integre un grupo de trabajo por el Jefe Delegacional en funciones, para que de manera coordinada con la comisión designada por el Jefe Delegacional Electo, pueda iniciar la transferencia de los documentos e informes que contengan los asuntos relacionados con los recursos financieros, humanos y materiales, así como conocer la situación de la administración, desarrollo de proyectos y programas, para la adecuada continuidad de la actividad gubernamental.

 

Que con la finalidad de salvaguardar los principios de legalidad, transparencia y eficacia para que se garantice la continuidad en las acciones, resultados, actividades institucionales y la prestación de los servicios públicos, la Contraloría Interna en cada Delegación, en términos de lo dispuesto por el artículo 113 fracciones VIII y IX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en correlación con el 21 y 24 de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, deberá vigilar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos a que se refiere la Ley de la Materia, he tenido a bien expedir el siguiente.

 

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN DE TRANSICIÓN EN EL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LOS ÓRGANOS POLÍTICOADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL

 

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

 

1.1 Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para los titulares de los Órganos Político-Administrativos así como para los Jefes Delegacionales electos, y tienen por objeto establecer la forma y términos en que se llevarán a cabo los trabajos por parte de la Comisión de Transición y el Grupo de Trabajo designados por los Jefes Delegacionales electo y saliente, respectivamente, previo a la formalización del Acta Entrega-Recepción, a fin de que de manera ordenada y calendarizada, inicien con oportunidad la transferencia de recursos públicos, conforme a la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal y los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de septiembre de 2002.

 

2. INTEGRACIÓN DEL EQUIPO DE TRANSICIÓN.

 

2.1 Una vez que el Jefe Delegacional electo reciba su constancia de mayoría por parte del Instituto Electoral del Distrito Federal, deberá designar a los integrantes de la Comisión de Transición, constante de cuatro personas, precisando los nombres y domicilios para recibir documentación y números telefónicos de contacto, lo cual deberá comunicarse por escrito al Jefe Delegacional en funciones así como a la Contraloría Interna que corresponda. Estos integrantes no podrán ser servidores públicos adscritos a la Delegación, ni ocupar algún cargo actualmente en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, salvo que el Jefe Delegacional entrante y saliente manifiesten su conformidad para tal efecto, tomando las medidas necesarias para que los servidores públicos designados no descuiden las funciones que tienen encomendadas por virtud de su nombramiento; de igual forma, las personas designadas por el Jefe Delegacional electo que integren la comisión, no podrán intervenir ni tomar decisiones en la atención y resolución de los asuntos de la competencia de los servidores públicos en funciones.

 

2.2. El Jefe Delegacional en funciones, al recibir la comunicación que se señala en el numeral anterior, establecerá conjuntamente con el Jefe Delegacional electo la fecha en la que iniciará actividades el grupo de trabajo y el equipo de transición.

 

Para el desarrollo de los trabajos, el Jefe Delegacional en funciones asignará una oficina dotada de mobiliario y equipo mínimo esencial para su funcionamiento, que sea parte del activo fijo de la Delegación, a efecto de evitar el incremento en el gasto de recursos por dichos conceptos, para que los integrantes de la Comisión de Transición realicen las actividades inherentes al encargo asignado, mismo que estará a su disposición en días y horas hábiles y una vez que concluya este periodo, será reintegrado a las áreas que originalmente ocupaban, para tal efecto comunicará por escrito a la Comisión de Transición de manera formal los recursos que hubiere disponibles para su uso, marcando copia a la Contraloría Interna.

 

2.3 Para efectos de lo dispuesto en el numeral anterior, el Jefe Delegacional en funciones designará a los integrantes del Grupo de Trabajo, que deberán ser un mínimo de 4 y un máximo de 6 servidores públicos de la propia Delegación, con cargo mínimo de Director de área, quienes fungirán como enlace operativo y funcional entre la administración pública y la Comisión de Transición; a su vez, contarán con un enlace operativo por cada Dirección General, a efecto de que éste les entregue la información que requieran en los plazos y forma que se establezca.

 

Para tal fin, el Jefe Delegacional en funciones tendrá que girar instrucciones por escrito a todo el personal adscrito al Órgano Político-Administrativo de que se trate, para que proporcionen y entreguen la información que les requieran ya sea de manera directa o por escrito, los integrantes del Grupo de Trabajo, la negativa o retraso a entregar la información por parte de los servidores públicos en funciones será causa de responsabilidad administrativa, debiendo darse vista a la Contraloría Interna que corresponda para los efectos procedentes.

 

2.4 Los integrantes del Grupo de Trabajo y de la Comisión de Transición, no recibirán salario, sueldo, compensación ni ningún tipo de contraprestación ya sea en efectivo o en especie, por las actividades que realicen derivado de esta comisión.

 

2.5 Los servidores públicos que integren el grupo de trabajo, de ser el caso, sólo podrán ejercer funciones, atribuciones y facultades mientras se encuentre vigente su nombramiento, independientemente de que continúen participando en el grupo de trabajo; asimismo, serán responsables de la atención y seguimiento de los asuntos hasta el momento en que permanezcan en su cargo.

 

3. PROGRAMA DE TRABAJO

 

3.1 La Comisión de Transición, en coordinación con el Grupo de Trabajo, levantarán una minuta en la primera reunión que celebren, a la que invariablemente deberá asistir un representante del Órgano Interno de Control que corresponda, para dejar constancia del inicio de los trabajos conjuntos y procederán a la elaboración de un programa de trabajo, en el que se programará como mínimo una reunión semanal en las instalaciones de la Jefatura Delegacional, que permita establecer las fechas y contenido de la entrega de la información referente a la administración y desarrollo de los programas, proyectos y, en su caso, obras públicas en proceso, así como todos aquellos aspectos que incidan en la gestión delegacional.

 

3.2 El programa que al efecto se elabore, deberá garantizar que la entrega-recepción de los recursos se realice en la forma y términos establecidos por la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal y los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de septiembre del 2002, y que contenga la información y documentación que se establece en los Lineamientos para la rendición de cuentas derivado del Informe de Gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2010. Dicho Programa de Trabajo se hará del conocimiento por escrito, tanto de las partes como de la Contraloría Interna.

 

4. ENTREGA DE INFORMACIÓN A LA COMISIÓN

 

4.1 En el Programa de Trabajo se deberá establecer que los integrantes del Grupo de Trabajo y la Comisión de Transición, se reunirán en las instalaciones de la propia Jefatura Delegacional, en las fechas convenidas de mutuo acuerdo, precisadas en dicho programa, a fin de recibir la información y documentación que corresponda, la cual puede ser presentada por escrito y/o a través de medios magnéticos, así como exponer los avances, dudas y comentarios que se generen.

 

Durante el desarrollo de dichas reuniones, se levantará minuta de la sesión en la que únicamente se registrarán los acuerdos y/o conclusiones que adopten y será firmada por todos los asistentes.

 

4.2 La Contraloría Interna, verificará que la Comisión de Transición y el Grupo de Trabajo, conozcan la información de conformidad con el programa de trabajo señalado en el punto anterior, así como los avances en la integración del acta de entrega-recepción sus anexos y, particularmente, la elaboración del informe de gestión y libros blancos del periodo de gestión de la administración delegacional, que formarán parte del acta de entrega recepción, ciñéndose en todo momento a lo preceptuado los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de septiembre del 2002 y en los Lineamientos para la rendición de cuentas derivado del Informe de Gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2010; dejando evidencia de dicha circunstancia, a través de la elaboración de minutas de trabajo; esta información se integrará por el servidor público saliente en el apartado de: “Otros Hechos” del acta entrega recepción.

 

5. ACCIONES DE INMEDIATA REALIZACIÓN

 

5.1 Previo a la elaboración del programa de trabajo, los titulares de cada Dirección General o área sustantiva, del Órgano Político-Administrativo que corresponda, directamente o a través del enlace operativo que al efecto designen, deberá entregar al grupo de trabajo los asuntos y las acciones de ineludible e inmediata realización, así como los términos y plazos para su ejecución o cumplimiento, garantizando por parte de los servidores públicos en funciones a través de minutas de trabajo el contenido de dicha información, las acciones específicas y el cargo de los servidores públicos responsables de su atención.

 

Lo anterior sin perjuicio de que en las correspondientes actas administrativas de entrega-recepción se incluyan los asuntos, actividades y trámites pendientes de atención, así como los servidores públicos responsables de su seguimiento.

 

6. VIGENCIA DEL GRUPO DE TRABAJO

 

6.1 Por su naturaleza, la Comisión de Transición y el grupo de trabajo llevarán a cabo sus actividades desde la fecha de designación oficial de la Comisión hasta el momento de la formalización del acta administrativa de entrega-recepción de la Jefatura Delegacional que corresponda.

 

6.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo y de la Comisión de Transición, formalizarán una Minuta de Trabajo final, en la que se haga constar el cumplimiento de los presente lineamientos por parte de los servidores públicos que intervienen. También deberá recabarse la firma del Jefe Delegacional en funciones y del Jefe Delegacional electo, igualmente, ante la presencia del Contralor Interno o su representante, cuyo nombre será registrado en la minuta.

 

Se remitirá copia de toda la documentación que se genere con motivo del cumplimiento a estos lineamientos, al Órgano de Control Interno que corresponda.

 

6.3 Con las conclusiones que se obtengan, así como también con los documentos que se generen en cumplimiento a los Lineamientos para la rendición de cuentas derivado del Informe de Gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2010, procederán a la elaboración del Acta Administrativa de Entrega-Recepción de la Jefatura Delegacional que corresponda, así como sus respectivos anexos.

 

6.4 El Acta Administrativa de Entrega Recepción de cada una de las dieciséis Jefaturas Delegacionales del Distrito Federal, será formalizada como lo establece la Ley de la materia, previa revisión del proyecto definitivo que será sometido a consideración de la Contraloría Interna que corresponda con un mínimo de 3 días antes de la fecha de su firma, a efecto de que pueda formalizar sus observaciones y comentarios.

 

7. RESPONSABILIDADES

 

7.1 La integración y coordinación del grupo de trabajo, así como de la Comisión de Transición, la elaboración del programa de trabajo y su cumplimiento, la elaboración, integración y formalización del acto de entrega recepción conforme a la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal y los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal, son responsabilidad de los servidores públicos entrantes y salientes, por lo que la intervención del Órgano de Control Interno en el proceso de entrega recepción, es con el carácter que se establece en la Ley de la materia, para verificar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley e intervenir en la formalización del acta administrativa de entrega-recepción.

 

7.2 Las Contralorías Internas en las Delegaciones vigilarán y verificarán el cumplimiento de los lineamientos que se emiten en el presente Acuerdo.

 

7.3 Los servidores públicos que infrinjan las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, serán sancionados de conformidad con el Régimen de Responsabilidad de los servidores públicos.

 

8. INTERPRETACIÓN

 

8.1 Cualquier situación no prevista en el presente ordenamiento será resuelto, por la Contraloría General del Distrito Federal.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones contenidas en Lineamientos para la Integración de la Comisión de Transición, en el Proceso de Entrega-Recepción en Los Órganos Político Administrativos Del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de agosto de 2009.

 

 

Dado en la Ciudad de México a los 28 días del mes de agosto del 2012.

 

EL CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

(Firma)

 

RICARDO GARCÍA SAINZ LAVISTA