PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

 

OFICIALÍA MAYOR

 

MARÍA GUADALUPE MORENO SALDAÑA, Directora General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 7 y 8 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 7 fracción XIII número 5, 27 fracciones II y III, 28, 101B fracciones I, VI, XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y los numerales 10 y 11 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y:

 

CONSIDERANDO

 

Que la Dirección General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal es una Unidad Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

 

Que el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal establece que corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.

 

Que con oficio número OM/2098/2008, signado por el entonces Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, Lic. Ramón Montaño Cuadra, delegó a los Directores Generales, Ejecutivos y Titulares de las Áreas encargadas de la Administración en las Dependencias de la Administración Pública Central, la atribución de decidir sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento de los Sistemas de Datos Personales que sean de su competencia.

 

Que con fecha 13 de mayo de 2010, la Dirección General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal registró en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Datos Personales del Distrito Federal, el sistema denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Contraloría General del Distrito Federal”.

 

Que con la finalidad de cumplir con los principios que rigen los sistemas de datos personales en posesión de los entes públicos tales como licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad a que se refiere el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, tengo a bien emitir el:

 

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA EXISTENCIA DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL DENOMINADO “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL”

 

A) NOMBRE DEL SISTEMA

 

·         Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Contraloría General del Distrito Federal.

 

B) FINALIDAD DEL SISTEMA Y USOS PREVISTOS

 

·         Administrar los Recursos Humanos y Financieros destinados a los gastos para los servicios personales, conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas determinadas por la Oficialía Mayor y la Secretaría de Finanzas, la integración de los expedientes personales de los servidores públicos, prestadores de servicios y prestadores de servicio social, así como la administración de la nómina, prestaciones y movimientos de personal.

 

C) NORMATIVIDAD

 

Leyes Federales

·         Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (última reforma DOF, 8 de febrero de 2012).

·         Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (última reforma DOF, 10 de enero de 2012).

·         Ley del Impuesto Sobre La Renta (DOF, 4 Junio 2009).

·         Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 (última reforma DOF, 3 de mayo de 2006).

·         Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (DOF, 27 de mayo de 2011). Artículos 1 al 10, y 12 al 46.

·         Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (DOF, 13 de junio de 2003). Art. 47.

 

Leyes Locales

·         Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal (última reforma GODF, 26 de enero de 2012).

·         Artículo 15 Fracción XIV, 33 Fracciones XIV, XV, XXII, XVIII y XXIV.

·         Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Del Distrito Federal (GODF, 29 de agosto de 2011);

·         Artículos 36 y 38, Fracciones I y IV.

·         Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (GODF, 3 Octubre 2008); Artículos 7, 8, 9, 13, 14

·         y15.

·         Ley de Archivos del Distrito Federal (GODF, 8 de octubre de 2008); Artículos 1, 3 Fracción IX, 30 Fracciones VI y VII, 31, 32, 33, 34, 35 Fracciones VII y VIII, 37, 38 Y 40.

 

Reglamentos

·         Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal (GODF, 23 de marzo de 2012). Artículos 1, 7 Fracción XIII Número 5, 101 B Fracción I.

·         Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (GODF, 25 de noviembre de 2011) Artículos 25 y 30 al 32.

·         Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (DOF, 4 de diciembre de 2006).

·         Reglamento de Servicios Médicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (DOF, 16 de diciembre de 2002).

·         Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del Régimen de Cuentas Individuales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (DOF, 21 de julio de 2009).

 

Manuales

·         Manual de Normas y Procedimientos para la Desconcentración del Trámite y Comprobación de Recursos para el Pago de la Nómina (Marzo de 1996).

·         Manual Administrativo de la Dirección General de Administración en la Contraloría General (GODF, 7 de diciembre de 2011).

 

Lineamientos

·         Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal (GODF, 22 de marzo de 2010) Numerales 5, 10 y 11.

·         Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” para el Ejercicio Presupuestal 2011. (GODF, 2 de febrero de 2011).

 

Circulares

·         Circular Uno “Normatividad en materia de administración de recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal”(última reforma GODF, 8 de agosto de 2012) Numerales 1, 2 y 3.

 

Otros

·         Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (última reforma DOF, 28 de enero de 2011). Artículos 86 y 87.

·         Condiciones Generales de Trabajo en el Gobierno del Distrito Federal (GODF, 5 de abril de 2010).

·         Normas para la contratación de prestadores de servicios (personas físicas) con cargo a la Partida 1211 “honorarios asimilables a salarios” en las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2012 (GODF, 19 de enero de 2012).

 

D) RESPONSABLE DEL SISTEMA

 

·         Nombre: María Guadalupe Moreno Saldaña

·         Cargo: Directora General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal.

·         Adscripción: Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

·         Dirección: Av. Juárez 92, 2º piso, Col. Centro, C.P. 06040, Del. Cuauhtémoc, México, D.F.

·         Teléfono: 5627 9700 ext. 52090.

·         Correo electrónico: gmorenos@df.gob.mx

 

E) USUARIO

 

·         Nombre del usuario: Banco Santander México S.A.

·         Dirección: Prolongación Paseo de la Reforma 500, 2º piso, Módulo 606; Col. Lomas de Santa Fe, C.P. 01219, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F.

·         Acto jurídico: Contrato de prestación de servicios bancarios y financieros para el personal de la Contraloría General.

·         Finalidad permitida: En consideración a su calidad de institución de Banca Múltiple, el Banco podrá prestar de manera integral, con base a números de contrato y/o cuentas particulares, los servicios necesarios para poder disponer de los recursos depositados.

·         Vigencia del acto jurídico: El contrato tendrá una vigencia de un año y será prorrogado por periodos iguales en forma automática, hasta que alguna de las partes manifieste por escrito su intención de darlo por terminado. Las partes podrán dar por terminado este contrato en cualquier tiempo, notificando a la otra con una anticipación mínima de diez hábiles a la fecha que se pretende dar por terminado el mismo.

 

F) CATEGORÍAS Y TIPOS DE DATOS

 

·         Categoría: Identificativos.

·         Tipo: Nombre, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), Matrícula del Servicio Militar Nacional, lugar y fecha de nacimiento, edad, fotografía, estado civil, nacionalidad, nombres de familiares, dependientes y beneficiados.

 

·         Categoría: Electrónicos

·         Tipo: Correo electrónico no oficial.

 

·         Categoría: Laborales

·         Tipo: Capacitación, hoja de servicio, nombramiento, solicitud de empleo, incidencia, referencias laborales, actividades extracurriculares, referencias personales.

 

·         Categoría: Patrimoniales.

·         Tipo: los correspondientes a bienes muebles e inmuebles: ingresos y egresos, servicios contratados, cuentas bancarias.

 

·         Categoría: Académicos

·         Tipo: Cédula profesional, certificados, calificaciones y reconocimientos, títulos y trayectoria educativa, calificaciones.

 

·         Categoría: Salud

·         Tipo: Uso de aparatos oftalmológicos, ortopédicos, auditivos; incapacidades médicas, discapacidades.

 

·         Categoría: Biométricos

·         Tipo: Huella dactilar

 

·         Categoría: Públicos

·         Tipo: Aquellos que por mandato legal sean accesibles al público

 

·         Categoría: Datos sobre la vida afectiva o familiar.

·         Tipo: Nombres de familiares, dependientes y beneficiarios.

 

G) PROCEDIMIENTO DE RECOLECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

 

·         Origen: Interesado.

·         Grupo de personas origen: Estructura, confianza, técnico operativo, prestadores de servicios honorarios asimilados a salarios, prestadores de servicios profesionales.

·         Formas de recolección: Medios físicos.

·         Medio de actualización: A petición del interesado.

·         Tratamiento: Procedimientos mixtos.

 

H) CESIÓN DE DATOS

 

·         Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del G.D.F.; Bancos; Compañías de seguros; Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); Fondo de Vivienda para los Trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE) y autoridades jurisdiccionales que en el ámbito de sus atribuciones y competencias los requieran.

 

I) CONSERVACIÓN

 

El tiempo de conservación de la información que se genera o administra en el Sistema se apegará a lo establecido en el Catálogo de Disposición Documental (GODF, 29 de julio de 2011), de acuerdo a la serie y/o subserie en las cuales se clasifiquen los respectivos expedientes.

 

·         Tiempo de conservación en medio automatizado: 11 años o más

·         Tiempo de conservación física en el Archivo de Trámite: 11 años o más

·         Tiempo de conservación en el Archivo de Concentración: 11 años o más

·         Se contempla la transferencia de la información contenida en el Sistema al Archivo Histórico: No.

 

J) LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ANTE LA QUE PODRÁN EJERCITARSE LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN U OPOSICIÓN

 

·         Unidad administrativa: Oficina de Información Pública de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

·         Dirección: Plaza de la Constitución S/N, 1er piso, Centro de la Ciudad de México, Área 1, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06000, México, D.F.

·         Teléfono 5345 8000 ext. 1384

·         Correo electrónico: oip.om@df.gob.mx o mediante el sistema INFOMEX.

 

K) NIVEL DE PROTECCIÓN EXIGIBLE

 

·         Nivel de seguridad: ALTO.

 

TRANSITORIOS

 

Primero: Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Segundo: En un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de publicación, se deben actualizar los datos correspondientes en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Datos Personales del Distrito Federal, conforme al presente Aviso.

 

 

Ciudad de México, a 7 de septiembre de 2012.

 

 

(Firma)

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María Guadalupe Moreno Saldaña

Directora General de Administración

en la Contraloría General del Distrito Federal