PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE ABRIL DE 2004

 

AVISO A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DEL DISTRITO FEDERAL, CON RELACIÓN A LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA TARJETÓN TIPOS “C”, “D” Y “E”

 

LUIS RUIZ HERNÁNDEZ, Director General de Transporte de la Secretaría de Transportes y Vialidad del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción IX, 16 fracción IV, 17 y 31 fracciones II y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 4, 7 fracciones I, III, XVII, XXXI, XLV y XLVIII, 62 y 73 fracciones III y VII de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; y 93 fracciones I, II, VII, XII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 22, 23 y 25 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal; y demás disposiciones relativas aplicables.

 

CONSIDERANDO

 

Que es facultad de la Secretaría de Transportes y Vialidad establecer los procedimientos y mecanismos para otorgar las licencias de conducir y para el caso de los servicios de pasaje, carga y especializado, garantizar a la población del Distrito Federal que los operadores de estas modalidades de transporte cuentan con las facultades físicas, mentales, de conocimientos y habilidades requeridas para brindar un servicio eficiente, seguro y de calidad.

 

Que es obligación de todo prestador de estos servicio, que sus vehículos sean operados por personal que acredite todos los requisitos establecidos por el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal para obtener el tipo de licencia correspondiente, y que los obtengan conforme a los procedimientos establecidos por la Secretaría de Transportes y Vialidad.

 

Que la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, destinan partidas presupuestales específicamente a las actividades de capacitación y servicios médicos para sus empleados, y que por principios de austeridad y eficiencia en el gasto presupuestal, no es procedente que se dupliquen los gastos en que se incurren por estos conceptos.

 

Que en virtud de que las dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, llevan a cabo las funciones de capacitación y atención médica para sus empleados con los recursos destinados para tales efectos conforme al presupuesto autorizado, es procedente que garanticen la capacidad física, mental, de conocimientos y habilidades del personal que opera los transportes de carga, pasaje y especializado, que llevan a cabo como parte de sus funciones.

 

Con base en lo anterior tengo a bien expedir el siguiente:

 

AVISO

 

PRIMERO.- Conforme al Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, la clasificación de licencias tarjetón conforme al tipo de vehículo es el siguiente:

 

a)       Licencia tipo A, permanente, para vehículos particulares menores a 3.5 toneladas.

b)       Licencia tarjetón tipo “B”, para vehículos del transporte individual de pasajeros (taxi).

c)       Licencia tarjetón tipo “C”, para vehículos de transporte público colectivo de pasajeros.

d)       Licencia tarjetón tipo “D”, para vehículos de transporte de carga de más de 3.5 toneladas.

e)       Licencia tarjetón tipo “E”, para vehículos especializados como son, patrullas, bomberos, ambulancias, traslado de valores, vehículos de custodia y demás que establezca la Secretaría de Transportes y Vialidad.

 

La conducción de vehículos destinados a actividades de protección civil, con un peso bruto vehicular de hasta 3.5 toneladas, requiere de licencia tipo “A” permanente.

 

SEGUNDO.-  Los requisitos que establece el artículo 25 del Reglamento de Tránsito para la expedición de las licencias tarjetón tipos “C”, “D” y “E” son los siguientes:

 

a)       Comprobante del pago de los derechos establecidos en el Código Financiero del Distrito Federal.

b)       Identificación oficial y comprobante de domicilio.

c)       Acreditación de la Evaluación Médica Integral, que incluya exámenes psicométricos, de consumo o ingesta de alcohol o enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, médico general, visual, auditivo, conforme lo establezca la Secretaría.

d)       Acreditación del curso de capacitación que autorice la Secretaría, conforme a la modalidad que corresponda, y

e)       Acreditación de la Evaluación de Conocimientos y Desempeño que establezca la Secretaría.

 

Además, para obtener la licencia de conducir tipo “E”, se requiere autorización o registro de la autoridad correspondiente para operar el servicio especializado de que se trate.

 

TERCERO.- Para la expedición de licencias tarjetón tipos “C”, “D” y “E”, los operadores que emplean las dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, con excepción de aquellos que prestan el servicio público de transporte, podrán acreditar la Evaluación Médica Integral, el curso de capacitación y la Evaluación de Conocimientos y Desempeño, mediante constancias que para el efecto expidan dichas dependencias a favor del interesado, con base en su expediente laboral.

 

CUARTO.- Las constancias que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal respecto de la Evaluación Médica Integral establecida por la Secretaría de Transportes y Vialidad, deberán contener los siguientes requisitos, apegándose al modelo que se incluye en el presente aviso (anexo I):

 

a)       Fecha de expedición de la constancia.

b)       Nombre de la Dependencia que expide la constancia, presentando el sello oficial correspondiente.

c)       Firma del funcionario responsable de los servicios médicos o recursos humanos de la dependencia, incluyendo nombre y cargo.

d)       Nombre del interesado, para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que desempeña y CURP.

e)       Declaración de la dependencia señalando que el solicitante reúne las aptitudes físicas y mentales para la operación de vehículos:

 

QUINTO.- Las constancias respecto de la capacitación establecida por la Secretaría de Transportes y Vialidad que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal deberán contener lo siguiente, apegándose al modelo que se incluye en el presente Aviso (anexo II):

 

a)       Fecha de expedición de la constancia.

b)       Nombre de la Dependencia que emite la constancia, presentando el sello oficial correspondiente.

c)       Firma del funcionario responsable del área de capacitación o de recursos humanos de la dependencia, incluyendo nombre y cargo.

d)       Nombre del interesado, para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que desempeña y CURP.

e)       Declaración de la dependencia señalando que el solicitante se encuentra capacitado para la operación de vehículos de acuerdo a la modalidad de que se trate.

 

SEXTO.- Los funcionarios de las dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, podrán hacer constar que el personal que opere unidades de transporte de personal, carga en vehículos de más de 3.5 toneladas, o especializado adscrito a sus áreas de responsabilidad, cuenta con los conocimientos y habilidades requeridos para llevar a cabo dicha labor, la constancia deberá contener las características siguientes, apegándose al modelo que se incluye en el presente aviso (anexo III):

 

a)       Fecha en que se emite la constancia.

b)       Nombre de la Dependencia que emite la constancia, presentando el sello oficial correspondiente.

c)       Firma del funcionario responsable del área en que labora el interesado, incluyendo nombre y cargo.

d)       Nombre del interesado, para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que desempeña y CURP.

e)       Declaración de la dependencia de que el interesado cuenta con los conocimientos y habilidades necesarios para la operación de los vehículos.

 

SÉPTIMO.- Las dependencias deberán remitir a la ventanilla única de la Secretaría de Transportes y Vialidad, ubicada en Av. Álvaro Obregón 269, planta baja, la solicitud de la dependencia y la relación de interesados en obtener la licencia tarjetón tipos “C”, “D” y “E”, conjuntamente con los documentos y constancias que acrediten los requisitos para su expedición, conforme a lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal y en el presente aviso. La Secretaría de Transportes y Vialidad establecerá el calendario de atención de solicitudes, mismo que será notificado a cada dependencia y conforme al cual deberán presentarse los interesados a realizar el trámite de la licencia tarjetón correspondiente.

 

OCTAVO.- Para los propósitos de este Aviso, quedan sin efecto, en lo que se oponga al mismo las convocatorias publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de febrero, 20 de marzo y 30 de diciembre del 2003.

 

México D.F., a primero de abril del 2004

(Firma)

LUIS RUIZ HERNÁNDEZ

DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

 


ANEXO I

 

 

CONSTANCIA MÉDICA

 

 

Nombre de la Dependencia

 

 

México D. F., a ___ de __________ del 2004

 

 

C. __________________________

Director General de Transporte del

Gobierno del Distrito Federal

 

 

Por medio de la presente se hace constar que el C. __________________________, con número de CURP __________________, quien labora en esta Dependencia con número de empleado ____________, y se desempeña con el cargo de ___________________________, reúne las aptitudes físicas y mentales, necesarias para la conducción de vehículos del transporte de pasaje, carga o especializados en el Distrito Federal.

 

Se extiende la presente con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con fecha ________________, para el efecto de que el interesado realice el trámite de licencia tarjetón tipo ________, ante esa Dirección General a su digno cargo.

 

 

 

 

Atentamente,

 

_______________________________

Nombre, firma y

Cargo del Responsable

 

 

 

 

 

Ccp         El expediente del interesado.


ANEXO II

 

 

CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN

 

 

Nombre de la Dependencia

 

 

México D. F., a ___ de __________ del 2004

 

 

C. _________________________

Director General de Transporte del

Gobierno del Distrito Federal

 

 

Por medio de la presente se hace constar que el C. __________________________, con número de CURP __________________ quien labora en esta Dependencia con número de empleado ____________, y se desempeña con el cargo de ___________________________, se encuentra capacitado para la conducción de los vehículos de (pasaje, carga o especializados) ______________________ de está dependencia.

 

Se extiende el presente con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con fecha ________________, para el efecto de que el interesado realice el trámite de licencia tarjetón tipo __________, ante esa Dirección General a su digno cargo.

 

 

 

 

______________________________

Nombre, firma y cargo

Del responsable de la capacitación o

De Recursos Humanos

 

 

 

 

 

 

Ccp         El expediente del interesado.

 


CONSTANCIA DE CONOCIMIENTOS Y DESEMPEÑO

 

Nombre de la Dependencia

 

 

México D. F., a ___ de __________ del 2004

 

 

C. _________________________

Director General de Transporte del

Gobierno del Distrito Federal

 

 

Por medio de la presente se hace constar que el C. __________________________, con número de CURP __________________ quien labora en esta Dependencia con número de empleado ____________, y se desempeña con el cargo de ___________________________, cuenta con los conocimientos y habilidades requeridos para conducción de vehículos de transporte (de carga, pasaje o especializado) _____________________________, lo cual ha demostrado con su desempeño en el puesto, por lo que se le considera apto para obtener la licencia tarjetón tipo ________.

 

Se extiende la presente con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con fecha ________________, para el efecto de que el interesado realice el trámite de licencia tarjetón ante esa Dirección General a su digno cargo.

 

 

 

______________________________

Nombre, firma y cargo

Del funcionario responsable del área.

 

 

 

 

Ccp         El expediente del interesado.