PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE
FEBRERO DE 2014.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL
JEFATURA DE GOBIERNO
(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD
DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, base
segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 52 y 67,
fracción II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 14, párrafo
tercero y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2014; y 15, 114, fracción VIII, 115 y 116 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, es facultad y obligación del Jefe de Gobierno promulgar, publicar y
ejecutar las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en
la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de
reglamentos, decretos y acuerdos.
Que en los actos y procedimientos a cargo de
la Administración Pública del Distrito Federal deberá atenderse los principios
de simplificación, agilidad y economía, información, precisión, legalidad,
transparencia e imparcialidad.
Que al Jefe de Gobierno como titular de la
Administración Pública Local, le corresponden originalmente todas las
facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos al Distrito
Federal, que podrán ser delegadas a los servidores públicos subalternos
mediante acuerdos, excepto aquellas que por disposición jurídica sean
indelegables.
Que el artículo 30 del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014, prevé que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los
recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en
trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal
o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas
o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y
contencioso - administrativo, promovidos por la Administración Pública del
Distrito Federal o en contra de ésta, deberán contar con el visto bueno de la
Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Que en virtud de las facultades que se le
atribuyen a la Comisión de Estudios Jurídicos, como órgano colegiado a cargo de
la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, para preparar y en su caso
expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan
la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad
de México, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO
BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS
POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS
DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS
JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO,
PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O EN CONTRA DE
ÉSTA, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS CIVILES, DE LA COMISIÓN DE
ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL.
PRIMERO.– Se delega en el
Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades el visto bueno
previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por
conciliaciones o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a
las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil,
mercantil, agrario y contencioso -administrativo, promovidos por la
Administración Pública del Distrito Federal o en contra de ésta.
SEGUNDO.– Se constituye la Mesa de Asuntos
Civiles de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con el
objeto de que se homologuen los criterios jurídicos para la protección de los
intereses generales y el patrimonio de la Administración Pública del Distrito
Federal en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y
contencioso - administrativo; promovidos por la Administración Pública del
Distrito Federal o en contra de ésta, en lo relativo al ejercicio de los
recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones y cumplimiento
de las sentencias definitivas favorables a los gobernados, con excepción de los
asuntos que se refieran a la materia fiscal.
TERCERO.– La Mesa de Asuntos
Civiles se integra de la siguiente forma:
I. Un representante de
la Secretaría de Gobierno;
II. Un representante
de la Secretaría de Finanzas;
III. Un representante
de la Oficialía Mayor, y
IV. Un representante de la Contraloría
General.
La Mesa de Asuntos Civiles será presidida por
el Director General de Servicios Legales.
CUARTO.– El Director General de Servicios Legales
se auxiliará del personal que designe, para la revisión de la documentación presentada
por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, y verificará que la solicitud de
visto bueno cumpla con todos los requisitos de forma. En caso de existir
omisiones o errores, ésta será devuelta mediante oficio para que sean
subsanados.
QUINTO.– Los titulares de las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal, a través de la Dirección General Jurídica y de Gobierno o
Área Jurídica correspondiente, y de la Dirección General de Administración o el
área administrativa correspondiente, serán los únicos facultados para solicitar
el visto bueno; así como, dar cumplimiento a las sentencias definitivas
dictadas por autoridad competente favorables a las personas físicas o morales,
en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso
- administrativo, promovidos por la Administración Pública del Distrito Federal
o en contra de ésta.
La Dirección General Jurídica y de Gobierno o
Área Jurídica correspondiente será la responsable de conciliar en beneficio de
los intereses de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegación o
entidad a la que se encuentren adscritos. Asimismo será la responsable de
integrar la solicitud de visto bueno, cumpliendo con todos los lineamientos que
para el efecto se publiquen.
La Dirección General de Administración o Área
Administrativa correspondiente, será la responsable, a solicitud del área
jurídica, de acreditar que, previo a que se presente la solicitud de visto
bueno, se cuente con la suficiencia presupuestal para cumplir con los
compromisos económicos objeto del presente Acuerdo. En caso de no contar con la
referida suficiencia, será la responsable directa de realizar las acciones
necesarias para que cubra los referidos compromisos económicos con el
presupuesto aprobado a la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o
Entidad a la que se encuentre adscrita; procurando no afectar la disponibilidad
presupuestal para gastos ineludibles y de operación.
No será válido argumentar ante las
autoridades jurisdiccionales, por parte de las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, que no se da cumplimiento a
sentencias definitivas por no haber obtenido el visto bueno de la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales; toda vez que cada área es la única responsable
de su cumplimiento.
Una vez que se haya dado cumplimiento total
al compromiso económico por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en
contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por cumplimiento a
las sentencias definitivas dictadas por autoridad competente favorables a las
personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil,
mercantil, agrario y contencioso - administrativo, promovidos por la
Administración Pública del Distrito Federal o en contra de ésta, deberán
remitir a la Mesa de Asuntos Civiles las constancias respectivas que así lo
acrediten.
SEXTO.– La Mesa de Asuntos
Civiles hará del conocimiento a la Contraloría General del Distrito Federal de
los asuntos en los que se otorgó visto bueno, y en los cuales las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal, hayan incurrido en omisiones durante el proceso legal,
que hayan dado lugar a la emisión de sentencias desfavorables a los intereses
del Gobierno del Distrito Federal.
SÉPTIMO.– La Mesa de Asuntos Civiles reportará
en forma trimestral y anual a las Secretarías de Gobierno y Finanzas, Oficialía
Mayor, Contraloría General y Consejería Jurídica y de Servicios Legales, el
avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente acuerdo.
OCTAVO.– Cuando la Dirección General de Servicios
Legales sea requerida por los Juzgados de Distrito, Tribunales Colegiados de
Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar cumplimiento a
una ejecutoria de amparo, podrá otorgar el Visto Bueno aún
cuando la autoridad solicitante no cumpla con los requisitos señalados en este
acuerdo, sólo cuando sea necesario para proteger el Patrimonio de la
Administración Pública del Distrito Federal o la permanencia de los Titulares
del Gobierno del Distrito Federal, Dependencias, Delegaciones, Desconcentrados
o Descentralizados. Las autoridades solicitantes estarán obligadas a remitir,
en todos los casos, a la Dirección General de Servicios Legales, las
constancias con las que acrediten haber cumplido con todos los requisitos que
señala este instrumento. Si se detecta que incumplieron con alguno de ellos, se
le dará vista al órgano de control interno correspondiente.
T
R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al
día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TERCERO. Se dejan sin efecto todas aquellas
disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente
Acuerdo.
CUARTO. El presente acuerdo estará vigente
durante el ejercicio fiscal 2014 y hasta en tanto entre en vigor el ACUERDO POR
EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA
JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO
AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR
CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS
DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS
JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO,
PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O EN CONTRA DE
ÉSTA, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS CIVILES, DE LA COMISIÓN DE
ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL, correspondiente al 2015.
QUINTO. El Director General de Servicios
Legales emitirá, en un plazo de diez días contados a partir de la publicación
del presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los lineamientos
necesarios para su aplicación.
Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la ciudad de México, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil catorce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS. FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, SIMÓN NEUMANN LADENZON. FIRMA.-EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, ALFREDO HERNÁNDEZ GARCÍA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, ROSA ÍCELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RUFINO H. LEÓN TOVAR.-FIRMA.- EL SECRETARIO DE TURISMO, MIGUEL TORRUCO MÁRQUES.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CULTURA, EDUARDO VÁZQUEZ MARTÍN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, DR. JESÚS RODRÍGUEZ ALMEIDA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, FAUSTO LUGO GARCÍA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, MARA ROBLES VILLASEÑOR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, HEGEL CORTÉS MIRANDA.-FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.- RAÚL RENÉ DRUCKER COLÍN.- FIRMA.