PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL EL 16 DE FEBRERO DE 2012.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
OFICIALÍA MAYOR
NORMAS PARA LA
AUTORIZACIÓN DE VIÁTICOS Y PASAJES
NACIONALES E INTERNACIONALES, EN COMISIONES
OFICIALES PARA LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DE LAS
DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
ADRIÁN MICHEL ESPINO, Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1°, 12, fracciones
I, II, IV, VI y XII, 87, 88 y 115,
fracciones II, III y XII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 3° y 22 fracción IX del Decreto de Presupuesto
de Egresos para el ejercicio
fiscal 2012; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1°, 2°, 6, 7, 15 fracción XIV, 16 fracción IV, 17 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 72 fracción II y 83 fracciones III y IV de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 27, fracciones
II y VI y 101
A, fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, el Gobierno del Distrito
Federal, se plantea como una de sus acciones
fundamentales, el lograr una gestión pública eficaz, a través de la instrumentación
de modelos administrativos de vanguardia, que coadyuven
a una mejora continua de la administración;
Que resulta necesario establecer normas ágiles, claras y precisas que permitan ejercer los recursos públicos destinados
al pago de viáticos y pasajes bajo los principios de legalidad, honradez, imparcialidad, eficiencia, eficacia, austeridad y transparencia que deben
regir
los
actos
y procedimientos
de la Administración Pública del Distrito Federal y
conforme a las disposiciones de racionalidad y
disciplina presupuestal establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos y a los criterios de austeridad plasmados en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;
Que con base en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente, publicado el 19 de octubre de 2010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y sus modificaciones publicadas en el mismo órgano informativo el
7 de noviembre de 2011 y en concordancia con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el ejercicio fiscal
2012,
sin soslayar las demás disposiciones aplicables vigentes y en aras de agilizar y hacer cada vez más
prácticos, eficientes y sencillos
los
trámites
que se
deben cubrir sobre el
particular; toda vez
que la
Oficialía
Mayor cuenta con la
facultad para diseñar, coordinar e implementar en el
ámbito de sus atribuciones, las normas, políticas y criterios en materia de administración interna, he tenido a bien expedir las siguientes:
NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIÁTICOS Y PASAJES NACIONALES E INTERNACIONALES, EN COMISIONES OFICIALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES
GENERALES
PRIMERA.- Las presentes
normas son de observancia general y obligatoria
para las Dependencias,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y tienen por objeto regular las disposiciones
generales para la autorización
de viáticos y pasajes nacionales e
internacionales, que se otorguen a los
servidores públicos, que en
el desempeño y
cumplimiento
de sus funciones sean comisionados para asistir
a eventos oficiales.
En el caso de
prestadores de servicios profesionales, se les podrán autorizar viáticos
y pasajes nacionales e internacionales,
mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado o entidad en que preste sus servicios, debiendo
justificar plenamente dicha autorización en su solicitud y realizar las anotaciones necesarias en el formato anexo
que
corresponda, conforme su instructivo.
No se autorizarán
viáticos y pasajes nacionales o internacionales al personal eventual, a los servidores públicos que se
encuentren disfrutando de su período vacacional o de cualquier tipo de licencia, que estén suspendidos en virtud de
sanciones administrativas o que
se encuentren
realizando oficialmente estudios en el extranjero.
SEGUNDA.- Para los
efectos de estas Normas, se entenderá
por:
I. Adscripción: Lugar en el que se encuentre ubicado el Centro de Trabajo de la Dependencia, Órgano Desconcentrado u Entidad,
cuyo
ámbito geográfico
delimita el desempeño
de
la función del servidor público.
II. DGA: Los titulares
de las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área, encargadas de la Administración en las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública
del
Distrito Federal.
III. Comisión Oficial: Función o tarea conferida a un servidor público, para que realice actividades inherentes a su cargo,
en un lugar distinto al de
su
centro de trabajo.
IV. Oficio de Comisión: Es el
documento oficial en el
que se consigna el objetivo, funciones, temporalidad y lugar de la comisión.
V. Pasajes Internacionales: Asignación presupuestal otorgada a un servidor público para cubrir gastos de transportación fuera del
territorio nacional.
VI. Pasajes
Nacionales:
Asignación
presupuestal otorgada
a un servidor
público para cubrir gastos de transportación
dentro del territorio
nacional.
VII. Tarifa: Monto máximo diario, que se
otorga
por concepto
de viáticos.
VIII.
Viático: Asignación destinada a cubrir a un servidor público, los gastos de alimentación
y hospedaje, derivados de la comisión de la que sea objeto, siempre y cuando
dicha comisión se realice en un lugar cuya ubicación geográfica sea
distinta al de su adscripción.
IX. Servicios Integrales:
Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que realicen las unidades responsables del gasto por la
contratación con personas físicas y morales de servicios diversos cuya desagregación no es realizable
en forma específica para cada una de las partidas de gasto de
este
concepto, por tratarse de
una
combinación de servicios relacionados cuya prestación se estipula en forma integral y que en términos del costo total resulta en condiciones menos onerosas para las unidades responsables del gasto
TERCERA.- Las erogaciones derivadas de comisiones oficiales deberán ser aplicadas,
según
corresponda, en las partidas 3711 "Pasajes aéreos nacionales", 3712 "Pasajes aéreos internacionales", 3721 "Pasajes terrestres nacionales", 3724 "Pasajes terrestres internacionales", 3751 "Viáticos en el
país",
3761 "Viáticos
en el Extranjero" y 3781 “Servicios integrales de traslado y viáticos” del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente emitido
por
la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. El ejercicio del gasto en estas partidas se sujetará a lo establecido en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del ejercicio presupuestal que corresponda y en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
CUARTA.- El número de servidores públicos que
sean enviados a una misma comisión debe reducirse al mínimo indispensable y la
autorización debe emitirse en función de los criterios de legalidad,
honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad,
transparencia, control y rendición de cuentas, con una perspectiva que fomente
la equidad de género y con un enfoque de respeto a los derechos humanos.
QUINTA.-
Los
servidores públicos facultados para emitir una comisión oficial y los
servidores públicos comisionados, serán responsables del estricto cumplimiento
de las disposiciones contenidas en las presentes Normas, quedando a cargo de la
Contraloría General o de las Contralorías Internas, evaluar su estricto
cumplimiento, y en su caso aplicar las sanciones que procedan en términos de lo
dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
SEXTA.- Los Directores
Generales de Administración, Ejecutivos o de Área encargados de la
Administración en las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades serán
responsables del trámite, registro, control, evaluación y reportes de las
erogaciones por concepto de viáticos y pasajes nacionales e internacionales.
SÉPTIMA.- Corresponde a la
Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de su
competencia, interpretar para efectos administrativos las disposiciones
contenidas en las presentes Normas, así como resolver los casos no previstos en
las mismas.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS AUTORIZACIONES
OCTAVA.- Las comisiones
oficiales deben ser autorizadas por el Titular de la Dependencia,
Órgano Desconcentrado o Entidad, respecto de sus subordinados jerárquicos
y constituye la justificación para la asignación de viáticos
y pasajes.
NOVENA.- Sólo se podrán
autorizar viáticos y pasajes para el desempeño de las comisiones oficiales que
sean estrictamente necesarias para el cumplimiento de los objetivos
institucionales, los programas o las funciones conferidas a las Dependencias,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal, tales como el intercambio de conocimientos institucionales; la
representación gubernamental; la implementación de proyectos; la capacitación y
en general las acciones o actividades de la Administración Pública del Distrito
Federal.
DÉCIMA.- Los formatos de solicitud
de "Autorización para el otorgamiento de pasajes y viáticos en comisiones oficiales"
(nacionales o internacionales, según corresponda), deberán ser firmados por los
Titulares de las Dependencias,
Órganos Desconcentrados o Entidaades, para el cumplimiento de los objetivos institucionales o las que sean
ordenadas por
instrucciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal del personal que tenga subordinado jerárquicamente. Los formatos
de
solicitud se encuentran disponibles en el sitio Web www.om.df.gob.mx. Dichos formatos se deberán presentar uno por
cada comisión y
podrán incluir uno o más comisionados.
DÉCIMA PRIMERA.-
Previo al ejercicio del gasto en materia de pasajes y viáticos, las DGA deberán
obtener la autorización prevista en el punto décimo de las presentes Normas,
conforme a lo siguiente:
a) Viáticos
y Pasajes Internacionales:
Autorización del
Jefe
de
Gobierno del
Distrito Federal, misma que será tramitada por conducto de la
Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, a través del
formato denominado "Autorización para
el otorgamiento de pasajes y viáticos en comisiones oficiales internacionales" (ANEXO I), el
cual deberá ser presentado debidamente requisitado
por lo menos con dos días hábiles de
anticipación a la fecha del evento.
b) Viáticos y
Pasajes Nacionales:
Autorización
del Oficial Mayor del Gobierno
del Distrito Federal, a través del formato denominado "Autorización
para el otorgamiento de pasajes
y viáticos en comisiones
oficiales nacionales" (ANEXO II), mismo que deberá ser presentado
debidamente requisitado hasta
el mismo día del evento.
No se dará trámite a las solicitudes emitidas
después de que los
eventos hayan sido realizados.
En comisiones
por encargo directo del Jefe de Gobierno, la Oficialía Mayor únicamente dará registro al
trámite.
No se autorizará
a servidores públicos, el desempeño de comisiones
en Dependencias,
Órganos Desconcentrados
y Entidades diferentes a la de su adscripción, salvo en casos específicos que por concurrencia de programas se requiera que la o el representante de una Dependencia, Órgano Desconcentrado y Entidad apoye a otra.
Quedan exceptuados de la "Autorización para el otorgamiento de pasajes y viáticos en comisiones oficiales nacionales o internacionales", los eventos de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal; la Secretaría
de Seguridad
Pública del Distrito Federal;
Consejería Jurídica y
de
Servicios Legales;
Secretaría de Salud; Servicios
de Salud Pública del Distrito Federal y
Sistema de Aguas de la Ciudad de México, tratándose de actos de carácter judicial o ministerial, de asuntos legales y/o en operativos de seguridad y salud
pública y exclusivamente para
la atención de emergencias y
contingencias debidamente justificadas;
así
como para el Sistema
de Transporte Colectivo; Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal; Red de Transporte de
Pasajeros del Distrito Federal
y el Metrobús,
tratándose exclusivamente de trabajos de Mantenimiento, Adquisición, Capacitación, Supervisión e Inspección, en cuyo caso, se podrán ejercer los recursos presupuestales de pasajes
y viáticos nacionales o internacionales, debiendo en todo caso,
ajustarse a las tarifas contenidas
en las presentes Normas.
CAPÍTULO TERCERO
DEL OTORGAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS
DÉCIMA SEGUNDA.- Previo a la solicitud de autorización para comisiones oficiales internacionales, el servidor público facultado para emitir el oficio de comisión, debe valorar la posibilidad de
que
las actividades motivo de la misma, cuando éstas no sean sustantivas
o especializadas, puedan ser apoyadas o realizadas por la representación diplomática mexicana del lugar donde deban efectuarse.
Los viáticos se deberán otorgar por los días estrictamente necesarios, para que el personal desempeñe la comisión conferida,
apegándose a la zonificación y
tarifas correspondientes que se
consignan en los Anexos III y IV.
DÉCIMA TERCERA.- La autorización para viáticos para el cumplimiento de comisiones que deban desempeñarse dentro
del
país, se podrán otorgar por un lapso máximo de 90 días continuos o discontinuos, mismo que podrá prorrogarse
una
sola vez cuando así se justifique ante la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y
hasta por un período de 90 días más
en el lapso de un año, en
una misma población y considerando a cada servidor
público individualmente.
En el caso del personal que por necesidades del servicio deba cumplir una comisión por un tiempo menor de 24 horas y
deba regresar el mismo día a su lugar de adscripción, se le podrá otorgar la "Autorización para el otorgamiento de
pasajes
y viáticos en comisiones oficiales nacionales o internacionales" y aplicar el porcentaje de las
tarifas señaladas en el numeral Vigésimo Primero de estas normas y dicha tarifa sólo servirá para cubrir gastos de alimentación y de
transportación y no de hospedaje.
La autorización para viáticos para el cumplimiento de comisiones
que deban desempeñarse en el extranjero, se podrán otorgar por un
término máximo de 30 días
continuos o discontinuos y
podrán prorrogarse cuando así se justifique, hasta por
dos períodos de 30
días cada uno.
Para el personal operativo que deba acompañar en comisiones
nacionales o internacionales a un servidor público de mando medio o superior, se autorizará la asignación de viáticos correspondientes a un mando medio, conforme
a la tarifa autorizada según
corresponda.
DÉCIMA CUARTA.- En caso de que el personal comisionado dentro del país utilice su propio vehículo o un vehículo oficial para trasladarse
al lugar de su comisión, se deberán cubrir los gastos de peaje y combustibles, que sean determinados con
base en una estimación de los costos por la DGA correspondiente, sin que lo anterior afecte el importe de los viáticos que de conformidad con la tarifa sean
determinados.
DÉCIMA QUINTA.- El personal comisionado, deberá realizar la comprobación de los importes otorgados por concepto de
viáticos nacionales e internacionales, en un plazo no mayor de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de conclusión de
la comisión, mediante la entrega de la documentación
que acredite los gastos y que
reúna los requisitos fiscales.
Cuando por
alguna razón justificada no sea posible comprobar el importe de los
viáticos por parte del servidor
público, será necesario que registre
el desglose pormenorizado de estos gastos y obtenga
la autorización del servidor público que autorizó la comisión,
en el plazo señalado en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA.- Los montos anticipados por concepto de viáticos se deben otorgar en los términos del artículo 72 fracción II de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. En el otorgamiento de viáticos, las DGA de cada
Dependencia, Órgano
Desconcentrado y
Entidad son las encargadas de realizar
los trámites para su oportuna ministración.
DÉCIMA SÉPTIMA.- La comprobación de los gastos erogados con cargo a las partidas 3751 "Viáticos en el país",
3761 "Viáticos en el Extranjero" y 3781 “Servicios integrales de traslado y viáticos”, se debe realizar mediante la
documentación que expidan las empresas de servicios y reúna los requisitos fiscales necesarios.
CAPÍTULO CUARTO
DEL OTORGAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE PASAJES
DÉCIMA OCTAVA.- Para el cumplimiento de una comisión nacional o internacional que amerite la asignación de pasajes,
la misma se debe cuantificar considerando los medios de transporte idóneos al lugar de destino, tomando en
cuenta la trascendencia y urgencia para el cumplimiento de
la comisión, y el menor costo
de los pasajes, así como las
rutas
más cortas para el desplazamiento.
DÉCIMA NOVENA.- La comprobación de
los
gastos erogados
con
cargo a las partidas
3711 "Pasajes aéreos
nacionales", 3712 "Pasajes aéreos internacionales", 3721 "Pasajes terrestres nacionales", 3724
"Pasajes terrestres
internacionales" y 3781 “Servicios integrales de traslado y viáticos”, se debe realizar mediante la documentación que expidan las empresas de servicios de transporte y reúna los requisitos fiscales necesarios.
CAPÍTULO
QUINTO
DE LAS TARIFAS
VIGÉSIMA.- Tratándose de comisiones
que comprendan la estancia
en distintas poblaciones, entidades federativas o
países, la cuota que
se asigne es la que marque la
tarifa correspondiente a cada una de ellas, de acuerdo al número de días de permanencia en cada lugar. En los casos en que
coincida
la estancia en dos o más localidades o países en un mismo día, se
aplica la tarifa de
la localidad o país en que se pernocte.
VIGÉSIMA PRIMERA.-
Las tarifas de
viáticos nacionales e internacionales incluyen los gastos por concepto
de alimentación y hospedaje. Las tarifas se podrán cubrir en moneda
nacional o en dólares americanos, conforme a la zona económica de que se trate y a partir de la
fecha en
que el servidor
público desempeñe la
comisión.
Las tarifas previstas en las
presentes Normas, constituyen los topes máximos autorizados,
por
lo que no podrán cubrirse cuotas mayores.
En el caso del personal que cuente con "Autorización para el otorgamiento de pasajes y viáticos en comisiones oficiales” (nacionales
o internacionales) por un tiempo menor de 24 horas, se le deberá asignar como cuota hasta el 50%
del monto señalado por concepto de
tarifa de acuerdo a la zonificación que corresponda.
CAPÍTULO SEXTO
DE LOS INFORMES
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Al término de la comisión, el servidor público comisionado deberá entregar a su superior jerárquico, un informe de la comisión realizada, que a su vez remitirá a la DGA para que por su conducto se haga llegar a la
instancia competente, conforme
al formato que ésta disponga.
En todos los casos, los informes serán enviados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dentro del plazo de 15 días hábiles, al en que haya concluido el mismo, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO: Las presentes Normas entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
SEGUNDO: Se abrogan las "Normas para la autorización de viáticos
y pasajes nacionales e internacionales, en comisiones oficiales para los servidores públicos de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración
Pública del Distrito Federal"; publicadas en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 22 de febrero de
2011.
TERCERO: Se dejan
sin efectos todas aquellas disposiciones que se opongan a las presentes Normas.
En la Ciudad de
México, Distrito Federal, a los treinta días del
mes
de enero de dos mil doce.
A T E N T A M E N T E
(Firma)
LIC. ADRIÁN MICHEL ESPINO
OFICIAL MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE AUTORIZACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE PASAJES Y VIÁTICOS EN COMISIONES OFICIALES INTERNACIONALES
POR UNIDAD ADMINISTRATIVA
UNIDAD ADMINISTRATIVA
1. Clave
Señalar la clave presupuestal de la Unidad Administrativa, indicando el Sector, Subsector y Unidad
Administrativa. Ejemplo: 12 C0 01
2. Denominación
Señalar la denominación
de la Unidad Administrativa (Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad) a la que corresponde la clave presupuestal. Ejemplo: Oficialía Mayor.
3. ¿Cuenta con suficiencia presupuestal? Escribir la palabra Sí o No, según corresponda.
DATOS DE LA
COMISIÓN
4. Lugar (Ciudad
y País)
Anotar el nombre de la Ciudad, así como de la entidad que corresponda a la subdivisión territorial en cuestión (Departamento, Provincia, Entidad Federativa, Distrito,
etc), y del País en
el que se llevará a cabo la comisión.
5. Zona
Anotar zona geográfica en la que se llevará
a cabo la comisión, conforme el Anexo III
6. Periodo
Anotar el número de días de
la comisión.
7. Fechas
Anotar el periodo de cada uno de
los días en que se llevará
a cabo la comisión.
8. Motivo
Anotar el nombre del congreso, convención, reunión, evento o
actividad a realizar en el lugar de la comisión.
DATOS GENERALES
9. Nombre(s)
del (de los) comisionado(s)
Anotar el apellido paterno, materno y nombre(s) del (de los) servido(es) público(s)
comisionado(s). En el caso de autorización de viáticos
y pasajes para el personal
de honorarios, se deberá justificar la necesidad de la comisión en el oficio de solicitud
correspondiente.
10. Número(s)
de empleado
Anotar el o los números de empleado del (de los) servidor(es) público(s)
comisionado(s). En el caso de personal de honorarios, anotar la
leyenda “HONORARIOS”.
11. Nivel
Anotar el (los) nivel(es) del (de los) servidor(es) público(s) comisionado(s). En el caso de personal
de honorarios,
anotar el nivel que resulte homólogo a su percepción.
12. Puesto
Anotar la denominación
del (de los) puesto(s)
del (de los) servidor(es) público(s) comisionado(s). En el caso de personal de honorarios, anotar la leyenda “HONORARIOS”.
13. Días de Comisión
Anotar el número de días en el que el (los) servidor(es)
público(s) estará(n) comisionado(s)
VIÁTICOS
14. Nivel
Anotar el nivel del (de
los) servidor(es) público(s) comisionado(s).
15. Días
En la tarifa diaria (USD), específicamente
en el campo de tarifa, anotar
el número de días
completos que durará la comisión.
16. Tarifa
En la cuota diaria (USD), específicamente en el campo de tarifa, anotar la que corresponda
de acuerdo al nivel del personal comisionado y a la zona que fue señalada en el punto 5. Esta tarifa deberá registrarse
en U.S.D., conforme
a los montos indicados en el Anexo III.
17. Día y Horas
Cuando la duración de la comisión sea menor a 24 horas y no se pernocte en el lugar, anotar en el campo correspondiente,
el día en que se
realizará la comisión y el número de horas correspondiente.
18. Tarifa
En la tarifa por comisión menor a 24 horas, específicamente en el campo de tarifas, anotar la que corresponda conforme al párrafo tercero de la Norma Vigésima.
19. Importe
Total ($)
Anotar el resultado obtenido de multiplicar el número de días por la tarifa y el tipo de cambio indicado en el punto 25. El producto debe asentarse en pesos mexicanos.
20. Partida
Presupuestal 3761
Anotar el monto total de los viáticos en pesos mexicanos.
PASAJES
21. Partida
Presupuestal 3724 Terrestre
Anotar el tipo
de transporte a utilizar. Ejemplo:
automóvil, autobús,
etc.
22. Partida
Presupuestal 3712 Aéreo
Anotar el destino, sea viaje sencillo o redondo. Ejemplo: México-Italia o México-Italia-México.
23. Importe
Anotar el costo del (de los) boleto(s), en pesos mexicanos.
24. Suma
Anotar el monto total de los
pasajes
en
pesos mexicanos.
SERVICIOS INTEGRALES
25. Partida
Presupuestal 3781 Servicios que incluye
Anotar los servicios que se incluyen. Ejemplo: hospedaje,
alimentación, traductor, traslados.
26. Importe
Anotar el costo del paquete de servicios.
TIPO DE CAMBIO
27. Tipo de Cambio
Anotar el tipo de
cambio a la fecha de la presentación de la solicitud de autorización.
FIRMA DE VALIDACIÓN
28. D.G.A. (Nombre)
Anotar el nombre completo del Director General, Director Ejecutivo o Director de Área Encargado de la administración
en las Unidades Administrativas, como responsables de la información contenida en el formato.
FIRMAS DE AUTORIZACIÓN
29. Titular del Ente Público
Anotar el nombre completo (la
firma representa
la
autorización de la comisión conferida).
30. C. Jefe de Gobierno
del Distrito Federal
Anotar el nombre completo (la firma representa la autorización de los viáticos o pasajes, según sea el caso)
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE AUTORIZACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE PASAJES Y VIÁTICOS
EN COMISIONES OFICIALES NACIONALES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA
UNIDAD ADMINISTRATIVA
1. Clave
Señalar la clave presupuestal de la Unidad Administrativa, indicando el Sector, Subsector y Unidad
Administrativa. Ejemplo: 12 C0 01
2. Denominación
Señalar la denominación
de la Unidad Administrativa (Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad) a la que corresponde la clave presupuestal.
Ejemplo: Oficialía
Mayor.
3. ¿Cuenta con suficiencia presupuestal?
Escribir la palabra Sí o No, según corresponda.
DATOS DE LA
COMISIÓN
4. Lugar (Ciudad
y Estado)
Anotar el nombre de
la
Ciudad y entidad federativa en la que se
llevará a cabo la comisión.
5. Zona
Anotar zona geográfica en la que se llevará
a cabo la comisión, conforme el Anexo
IV
6. Periodo
Anotar el número de días de
la comisión.
7. Fechas
Anotar el periodo de cada uno de
los días en que se llevará
a cabo la comisión.
8. Motivo
Anotar el nombre del congreso, convención, reunión, evento o
actividad a realizar en el lugar de la comisión.
DATOS GENERALES
9. Nombre(s)
del (de los) comisionado(s)
Anotar el apellido paterno, materno y nombre(s) del (de los) servido(es) público(s)
comisionado(s). En el caso de autorización de viáticos
y pasajes para el personal
de honorarios, se deberá justificar la necesidad de la comisión en el oficio de solicitud
correspondiente.
10. Número(s)
de empleado
Anotar el o los números de empleado del (de los) servidor(es) público(s)
comisionado(s). En el caso de personal de honorarios, anotar la
leyenda “HONORARIOS”.
11. Nivel
Anotar el (los) nivel(es) del (de los) servidor(es) público(s) comisionado(s). En el caso de personal
de honorarios,
anotar el nivel que resulte homólogo a su percepción.
12. Puesto
Anotar la denominación
del (de los) puesto(s)
del (de los) servidor(es) público(s) comisionado(s). En el caso de personal de honorarios, anotar la leyenda “HONORARIOS”.
13. Días de Comisión
Anotar el número de días en el que el (los) servidor(es)
público(s) estará(n) comisionado(s)
VIÁTICOS
14. Nivel
Anotar el nivel del (de
los) servidor(es) público(s) comisionado(s).
15. Días
En la tarifa diaria, específicamente en el campo de tarifa, anotar el número de días completos que durará la comisión cuando se pernocta
en el lugar.
16. Tarifa
En la cuota diaria, específicamente en el campo de tarifa, anotar la que corresponda de acuerdo
al nivel del personal comisionado y a la
zona que fue señalada en el punto 5. Esta tarifa deberá registrarse conforme a los montos
indicados en el Anexo
IV.
17. Día y Horas
Cuando la duración de la comisión sea menor a 24 horas y no se pernocte en el lugar, anotar en el campo correspondiente,
el día en que se
realizará la comisión y el número de horas correspondiente.
18. Tarifa
En la tarifa por comisión menor a 24 horas, específicamente en el campo de tarifas, anotar la que corresponda conforme al párrafo tercero de la Norma Vigésima.
19. Importe
Total ($)
Anotar el resultado obtenido de
multiplicar el número de días por la tarifa correspondiente.
20. Partida
Presupuestal 3751
Anotar el monto total de los viáticos
que corresponden a esta partida.
PASAJES
21. Partida
Presupuestal 3721 Terrestre
Anotar el tipo
de transporte a utilizar. Ejemplo:
automóvil, autobús,
etc.
22. Partida
Presupuestal 3711 Aéreo
Anotar el destino, sea viaje sencillo o redondo.
Ejemplo: Ciudad de México-Durango o Ciudad de México-Durango-Ciudad de México.
23. Importe
Anotar el costo del (de los) boleto(s)
24. Suma
Anotar el monto total de los pasajes.
SERVICIOS INTEGRALES
25. Partida
Presupuestal 3781 Servicios que incluye
Anotar los servicios que se incluyen. Ejemplo: hospedaje,
alimentación, traductor, traslados.
26. Importe
Anotar el costo del paquete de servicios.
FIRMA DE VALIDACIÓN
27. D.G.A. (Nombre)
Anotar el nombre completo del Director General, Director Ejecutivo o Director de Área Encargado de la administración
en las Unidades Administrativas, como responsables de la información contenida en el formato.
FIRMAS DE AUTORIZACIÓN
28. Titular del Ente Público
Anotar el nombre completo (la
firma representa
la
autorización de la comisión conferida).
29. C. Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal
Anotar el nombre completo (la firma representa la autorización de los viáticos o pasajes, según sea el caso).