PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 6
DE MAYO DE 2004
AVISO POR EL CUAL SE IMPLEMENTA EL PROGRAMA PILOTO SICREA
2003 PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO FEDERAL
FRANCISCO
GARDUÑO YÁÑEZ, Secretario de Transportes y Vialidad, con fundamento en
los artículos 12 párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31
fracciones I, VII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 1, 7 fracciones I, XXIII y XXXIX de la Ley de Transporte y
Vialidad del Distrito Federal; 1º, 7º fracción IX y 26 del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal; 33 fracción V y 79 párrafo
primero del Reglamento de Transporte del Distrito Federal y,
Que dentro
de las facultades y obligaciones conferidas a la Secretaría de Transportes y
Vialidad se establecen las de dictar y ejecutar los acuerdos necesarios para
que los concesionarios cumplan eficazmente con la prestación del servicio de
transporte público individual de pasajeros “Taxi”, de conformidad con lo que
establece la Ley de Transporte del Distrito Federal, el Reglamento para el
Servicio de Transporte Público de Taxi en el Distrito Federal y demás
instrumentos jurídicos y administrativos aplicables.
Que el
Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” precisa por su
magnitud, cobertura e importancia para la ciudadanía, de la mayor atención y
apoyo por parte del Gobierno del Distrito Federal, a fin de brindar a los
usuarios un servicio seguro y de calidad, así como coadyuvar a mejorar las
condiciones ambientales en el Distrito Federal.
he
tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE IMPLEMENTA EL PROGRAMA
PILOTO SICREA 2003 PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO FEDERAL
Primero.-
El objetivo del Programa Piloto SICREA 2003 consiste en facilitar la renovación
del parque vehicular destinado al Servicio Público de Transporte Individual de
Pasajeros, Taxi en el Distrito Federal con unidades modelos 2004 y/o 2005,
Nissan GS1 que cumplan con las características oficiales requeridas por la
Secretaría de Transportes y Vialidad, señaladas en el Aviso de la Cromática
Oficial, publicado el 17 de octubre de 2002.
Segundo.-
Quedan comprendidos dentro de este Programa todos los concesionarios que
requieran sustituir su unidad y que cumplan con los requisitos establecidos
tanto por el Gobierno del Distrito Federal como por SICREA, mismo que se
contienen en la Convocatoria que por separado se publica en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal en esta misma fecha.
Tercero.-
La adhesión por parte de los concesionarios al Programa Piloto SICREA 2003 es
de carácter voluntario.
Cuarto.-
La cobertura en una primera etapa será de 500 autofinanciamientos, con plazo de
208 pagos semanales iguales y consecutivos.
Quinto.-
El Gobierno del Distrito Federal aportará un apoyo financiero de $15,000
(Quince mil pesos 00/100 MN.) como ayuda para el enganche de la nueva unidad a
los concesionarios o permisionarios que hayan sido acreditados para el
otorgamiento del autofinanciamiento, apoyo que automáticamente se cancelará en
su tramitación, si dicho concesionario está participando en algún otro Programa
de Sustitución de Taxis coordinado por el Gobierno del Distrito Federal.
Sexto.-
Los concesionarios o permisionarios que soliciten su adhesión al Programa
Piloto SICREA 2003 se obligan a lo siguiente:
a)
Cumplir con los requisitos establecidos por
el Gobierno del Distrito Federal y SICREA;
b)
Cumplir con los términos y condiciones del
autofinanciamiento;
c)
A destruir su unidad actual en el lugar,
tiempo y forma que determine el Gobierno del Distrito Federal, previo a la
adjudicación del nuevo vehículo;
d)
A dejar en resguardo de la Secretaría de
Transportes y Vialidad el título de concesión o título permiso en original
hasta concluir el pago del autofinanciamiento; y
e)
A pagar de contado el primer año del seguro
automotriz de cobertura amplia al momento de la adjudicación de la unidad.
Séptimo.-
La adjudicación de las unidades se hará
al pago semanal número 26.
Octavo.-
Los concesionarios o permisionarios que hayan sido aprobados en este Programa
por SICREA, podrán seguir prestando el servicio público de transporte
individual de pasajeros, taxi con su vehículo actual, hasta en tanto reciban su
nueva unidad en los tiempos programados en el punto anterior.
Noveno.-
La interpretación de este documento para efectos administrativos corresponde a
la Secretaría de Transportes y Vialidad.
Décimo.- Este Aviso entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México D.F. a 28 de abril de
2004
EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
(Firma)
LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ