PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 6 DE MAYO DE 2004

 

AVISO POR EL CUAL SE IMPLEMENTA EL PROGRAMA PILOTO SICREA 2003 PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO FEDERAL

 

FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ, Secretario de Transportes y Vialidad, con fundamento en los artículos 12 párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, VII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 7 fracciones I, XXIII y XXXIX de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 1º, 7º fracción IX y 26 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 33 fracción V y 79 párrafo primero del Reglamento de Transporte del Distrito Federal y,

 

CONSIDERANDO

 

Que dentro de las facultades y obligaciones conferidas a la Secretaría de Transportes y Vialidad se establecen las de dictar y ejecutar los acuerdos necesarios para que los concesionarios cumplan eficazmente con la prestación del servicio de transporte público individual de pasajeros “Taxi”, de conformidad con lo que establece la Ley de Transporte del Distrito Federal, el Reglamento para el Servicio de Transporte Público de Taxi en el Distrito Federal y demás instrumentos jurídicos y administrativos aplicables.

 

Que el Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” precisa por su magnitud, cobertura e importancia para la ciudadanía, de la mayor atención y apoyo por parte del Gobierno del Distrito Federal, a fin de brindar a los usuarios un servicio seguro y de calidad, así como coadyuvar a mejorar las condiciones ambientales en el Distrito Federal.

 

 he tenido a bien expedir el siguiente:

 

AVISO POR EL CUAL SE IMPLEMENTA EL PROGRAMA PILOTO SICREA 2003 PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO FEDERAL

 

Primero.- El objetivo del Programa Piloto SICREA 2003 consiste en facilitar la renovación del parque vehicular destinado al Servicio Público de Transporte Individual de Pasajeros, Taxi en el Distrito Federal con unidades modelos 2004 y/o 2005, Nissan GS1 que cumplan con las características oficiales requeridas por la Secretaría de Transportes y Vialidad, señaladas en el Aviso de la Cromática Oficial, publicado el 17 de octubre de 2002.

 

Segundo.- Quedan comprendidos dentro de este Programa todos los concesionarios que requieran sustituir su unidad y que cumplan con los requisitos establecidos tanto por el Gobierno del Distrito Federal como por SICREA, mismo que se contienen en la Convocatoria que por separado se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en esta misma fecha.

 

Tercero.- La adhesión por parte de los concesionarios al Programa Piloto SICREA 2003 es de carácter voluntario.

 

Cuarto.- La cobertura en una primera etapa será de 500 autofinanciamientos, con plazo de 208 pagos semanales iguales y consecutivos.

 

Quinto.- El Gobierno del Distrito Federal aportará un apoyo financiero de $15,000 (Quince mil pesos 00/100 MN.) como ayuda para el enganche de la nueva unidad a los concesionarios o permisionarios que hayan sido acreditados para el otorgamiento del autofinanciamiento, apoyo que automáticamente se cancelará en su tramitación, si dicho concesionario está participando en algún otro Programa de Sustitución de Taxis coordinado por el Gobierno del Distrito Federal.

 

Sexto.- Los concesionarios o permisionarios que soliciten su adhesión al Programa Piloto SICREA 2003 se obligan a lo siguiente:

 

a)                               Cumplir con los requisitos establecidos por el Gobierno del Distrito Federal y SICREA;

b)                               Cumplir con los términos y condiciones del autofinanciamiento;

c)                               A destruir su unidad actual en el lugar, tiempo y forma que determine el Gobierno del Distrito Federal, previo a la adjudicación del nuevo vehículo;

d)                               A dejar en resguardo de la Secretaría de Transportes y Vialidad el título de concesión o título permiso en original hasta concluir el pago del autofinanciamiento; y

e)                               A pagar de contado el primer año del seguro automotriz de cobertura amplia al momento de la adjudicación de la unidad.

 

Séptimo.- La adjudicación de las unidades se hará  al pago semanal número 26.

 

Octavo.- Los concesionarios o permisionarios que hayan sido aprobados en este Programa por SICREA, podrán seguir prestando el servicio público de transporte individual de pasajeros, taxi con su vehículo actual, hasta en tanto reciban su nueva unidad en los tiempos programados en el punto anterior.

 

Noveno.- La interpretación de este documento para efectos administrativos corresponde a la Secretaría de Transportes y Vialidad.

 

Décimo.-  Este Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

México D.F. a  28 de abril de 2004

 

EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD

(Firma)

LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ