PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 14 DE
OCTUBRE DE 2015.
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
JEFATURA
DE GOBIERNO
ACUERDO
POR EL QUE SE AUTORIZA LA PARTICIPACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
DISTRITO FEDERAL EN EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN EN LA ZONA QUE SE
INDICA PARA LA RENOVACIÓN URBANA Y SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS GENERALES
PARA EL DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE
(Al margen superior un
escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)
MIGUEL ÁNGEL MANCERA
ESPINOSA, Jefe
de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122 Apartado
C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 8° fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fracciones
II y XXXI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 14, 15 fracción
II y 24 fracciones VI, X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 1º, 2°, 4° fracción II, 6° fracción II, 77, 78,
79 y 81 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 y 26 fracciones
I y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, y 113, 114, 117, 118 y 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Programa
General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, reconoce que el
territorio de la Ciudad de México es dinámico y cambiante, mismo que
actualmente se encuentra en una fase de transición demográfica, en la que la
mayor parte de la población se ubica en edades productivas, por lo que se ha
registrado un aumento en la demanda de vivienda, empleos, equipamientos,
infraestructura y servicios en la búsqueda de una mejor calidad de vida. Para
ello, en dicho Programa se determina que la planeación del territorio urbano y
natural, a partir del estudio de los patrones de ocupación territorial en la
Ciudad de México y la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), permitirá
identificar las situaciones de conflicto y las oportunidades que lleven a un
mejor aprovechamiento del suelo, a la vez equitativo y equilibrado.
Que conforme al
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 se determina que
la respuesta institucional ante el actual patrón de ocupación del suelo urbano y
natural de la Ciudad de México requiere de una adecuada planeación y gestión
del territorio que genere acciones coordinadas dentro del marco
interinstitucional e intergubernamental, así como entre los actores
gubernamentales, privados y sociales. Es por ello que el Eje 4 (Habitabilidad y
servicios, espacio público e infraestructura), establece como líneas de acción
el realizar los estudios que permitan ubicar los puntos o proyectos estratégicos
de proximidad territorial, tomando en consideración la infraestructura, los
recursos territoriales, la calidad de los servicios y el acceso a los mismos;
así como elaborar programas que establezcan las estrategias, criterios y
mecanismos de coordinación para alcanzar una ciudad cercana en materia de uso
del suelo, transporte, espacio público, servicios e infraestructura.
Que el Programa
Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuauhtémoc vigente, establece como imagen
objetivo reafirmar al territorio que integra la Delegación como el principal
polo concentrador de la actividad económica, cultural y política de la Ciudad
de México; mejorando las condiciones de vida de la población residente,
revirtiendo la pérdida de la función habitacional y contribuyendo al
mejoramiento y conservación del patrimonio urbano arquitectónico.
Que la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda en el ejercicio de sus atribuciones ubicó un área
definida para el mejoramiento urbano, en la zona delimitada al norte por la
Avenida Doctor Río de la Loza, al sur por el Viaducto Río de la Piedad, al este
por la Avenida Lázaro Cárdenas y al oeste por la Avenida Cuauhtémoc, en la
Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México, que representa la mejor opción
para el desarrollo y la reconversión, ya que posee una adecuada estructura
urbana, altos niveles de conectividad, accesibilidad y cuenta con una excelente
ubicación, lo que implica un impacto ambiental mínimo, ofreciendo además la
oportunidad de aprovechar bienes inmuebles propiedad del Distrito Federal para
dichos fines. Por ello, esta zona en el Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano de la Delegación Cuauhtémoc se encuentra designada con potencial de
reciclamiento, para todos los efectos y fines que el mismo Programa consigna.
Que la zona se ha
venido despoblando desde las tres últimas décadas del siglo pasado a pesar de
estar dotada de un óptimo sistema de transporte público, de equipamiento y de
servicios, sustituyendo los espacios habitacionales por locales dedicados al
comercio terciario regional principalmente de autopartes, imprentas y bodegas.
Que las
características urbanas y de centralidad de la zona cumplen a cabalidad con las
condiciones para recibir más población residente y transformar su oferta
comercial, toda vez que las características, equipamientos, red instalada de transporte
público e infraestructura permiten una transformación en el patrón de uso y
aprovechamiento del suelo más acorde con lo establecido en el Programa
Delegacional de Desarrollo Urbano.
Que los sistemas de
actuación tienen por objeto articular las acciones de los sectores público,
social y privado, para la realización de proyectos urbanos, así como de
infraestructura, equipamiento, prestación de servicios públicos, habitacionales,
recreativos y turísticos, los cuales pueden ser privados, sociales o por
cooperación, susceptibles de llevarse a cabo en un ámbito de aplicación o en un
polígono de actuación, tal como lo disponen los artículos 78 y 79 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal y 114 de su Reglamento. Sistemas que ya se han
implementado en años anteriores, generando beneficios para la Ciudad, como es
el caso de los publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en fechas 26
de octubre y 31 de diciembre de 2007; y 1° de octubre de 2008.
Que con la
constitución y ejecución de un Sistema de Actuación por Cooperación, la
Administración Pública del Distrito Federal estará en posibilidad de cumplir
con las atribuciones que le corresponden para impulsar el desarrollo urbano de
la Ciudad en materia de infraestructura e integración con el entorno, donde se
incorporarán bienes y proyectos que generen beneficios directos al entorno
urbano y sus residentes, en el que se definirán las obligaciones de los
particulares y las acciones de la Administración Pública del Distrito Federal,
así como el destino de las aportaciones y recursos de los participantes, en
términos de los artículos 64 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal y 117 de su Reglamento.
Que con los sistemas
de actuación se logrará un beneficio para el desarrollo urbano de la Ciudad de
México, en el que se establezcan los instrumentos y mecanismos necesarios para
garantizar la claridad y transparencia en el manejo de los bienes y recursos
aportados a este sistema, con la administración y rectoría de la Administración
Pública del Distrito Federal, de conformidad con lo previsto en el artículo 118
del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, por lo que
he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
AUTORIZA LA PARTICIPACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL EN
EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN EN LA ZONA QUE SE INDICA PARA LA
RENOVACIÓN URBANA Y SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL
DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE
PRIMERO.- Se instruye a la
Administración Pública del Distrito Federal a participar en el Sistema de
Actuación por Cooperación para el mejoramiento urbano, consolidación
sustentable, desarrollo y renovación urbana, para el beneficio dela zona
delimitada al norte por la Avenida Doctor Río de la Loza, al sur por el
Viaducto Río de la Piedad, al este por la Avenida Lázaro Cárdenas y al oeste
por la Avenida Cuauhtémoc, ubicada en la Delegación Cuauhtémoc en el Distrito Federal,
en los rubros de:
a) Vivienda;
b) Movilidad;
c) Infraestructura;
d) Equipamiento;
e) Servicios;
f)
Espacio público;
g) Cultura;
h) Áreas verdes y
Medio Ambiente, y
i) Desarrollo Social.
SEGUNDO.- Se instruye a la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para constituir el Sistema de
Actuación por Cooperación y coordinar a la Administración Pública del Distrito
Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, para que la ejecución de
obras, acciones e inversiones, así como los actos administrativos que les
correspondan dentro del ámbito de aplicación del Sistema de Actuación por
Cooperación cumplan con los objetivos del mismo y sus Lineamientos.
TERCERO.- Para la ejecución del
Sistema de Actuación por Cooperación en la zona descrita en el punto PRIMERO de
este Acuerdo, la Administración Pública del Distrito Federal deberá cumplir con
los siguientes objetivos:
a) Garantizar la
constitución y ejecución del Sistema de Actuación por Cooperación para el
mejoramiento y consolidación sostenible de la zona;
b) Que la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Vivienda emita los criterios y requisitos para la
constitución de los polígonos de actuación en los predios propuestos y vigilar
que los mismos se cumplan;
c) Otorgar a los
particulares que se adhieran al Sistema de Actuación por Cooperación las
facilidades administrativas para la tramitación de licencias, permisos,
autorizaciones y, en general, cualquier trámite que se requiera y se realice
ante la Administración Pública del Distrito Federal, previo pago, en su caso,
de los derechos, aprovechamientos o cualquier otro cobro a que estén obligados
conforme al Código Fiscal del Distrito Federal y demás normatividad aplicable
vigente;
d) Observar las
medidas de integración y/o mitigación urbana que la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda emita en el Dictamen de Impacto Urbano del proyecto a
desarrollar, sin perjuicio de las medidas adicionales que emitan y/o sugieran
las demás Dependencias y Órganos Desconcentrados;
e) Llevar a cabo los
actos jurídicos y administrativos necesarios para transmitir la propiedad de
aquellos inmuebles que se requieren para el desarrollo y ejecución del Sistema
de Actuación por Cooperación, con estricto apego a la normatividad aplicable;
f) Reorientar el
crecimiento y el desarrollo urbano de la zona y de las áreas colindantes;
g) Mejorar la calidad
de vida de los residentes de la zona y futuros habitantes a través del
incremento y reforzamiento de la infraestructura y espacios públicos;
h) Promover la
vivienda social en sus distintas modalidades;
i) Aprovechar y
potenciar el patrimonio del Distrito Federal, y
j) Realizar proyectos
que tiendan a la renovación y reconversión urbana de la zona.
CUARTO.- Para cumplir con los
objetivos del Sistema de Actuación por Cooperación, la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, en coordinación con la Oficialía Mayor, llevará a cabo las
acciones que se requieran en uso de sus facultades, sin que sea necesario
obtener autorizaciones adicionales a las establecidas en la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, así como en la Ley de Régimen
Patrimonial y del Servicio Público, para llevar a cabo los desarrollos necesarios
en los inmuebles del Distrito Federal que se relacionan a continuación y de
aquellos que se ubiquen en la zona y puedan ser aportados para el logro del
objetivo del Sistema de Actuación por Cooperación, mismos que se les denominará
como “Inmuebles”.
Inmuebles
propiedad del Distrito Federal ubicados dentro de la zona del Sistema de
Actuación por Cooperación
No. |
UBICACIÓN DEL PREDIO |
CUENTA CATASTRAL |
1 |
Dr. Jiménez y/o Gral. Gabriel Hernández No. 56 |
002-113-18 |
2 |
Av. Dr. José María Vértiz No. 59 |
002-113-10 |
3 |
Av. Dr. José María Vértiz No. 75 |
002-113-15 |
4 |
Dr. Lavista No. 78 |
002-099-18 |
5 |
Dr. Lavista No. 144 |
002-095-01 |
6 |
Av. Niños Héroes No. 139 |
009-018-01 |
7 |
Av. Niños Héroes No. 151 |
009-018-23 |
8 |
Dr. Lavista No. 54 |
002-100-01 |
9 |
Dr. Andrade No. 45 |
002-100-17 |
10 |
Dr. Pascua No. 75 |
002-100-18 |
11 |
Dr. Casimiro Liceaga No. 91 |
002-099-10 |
12 |
Dr. Casimiro Liceaga No. 93 |
002-099-11 |
13 |
Dr. Andrade No. 103 |
009-015-03 |
QUINTO.- Para la constitución
del Sistema de Actuación por Cooperación se deberán tomar en cuenta los
siguientes Lineamientos Generales:
I. Movilidad:
Con la finalidad de
fomentar la inter-modalidad y la movilidad no motorizada en la zona se deberá:
·
Integrar en todos los proyectos criterios de
diseño e infraestructura que prioricen al peatón y garanticen la accesibilidad.
·
Incluir
bici-estacionamientos en todos los proyectos, tomando como base la Norma
Mexicana de Edificación Sustentable NMX-AA-164-SCFI-2013.
·
Participar
en programas de Transporte Corporativo y contar con los requerimientos de
infraestructura que sean necesarios.
·
Crear
corredores peatonales, ciclovías e infraestructura
necesaria para generar más viajes en modos no motorizados, facilitando la
inter-modalidad en la zona de actuación.
·
Disminuir
el número de viajes individuales motorizados por edificación mediante la
reducción del número de cajones de estacionamiento por proyecto, conforme a los
usos destinados en estos. Lo anterior, con la finalidad de promover un
desarrollo sostenible de la zona, conforme a la estructura urbana, vial y su
capacidad de carga.
II. Medio Ambiente y
Sustentabilidad:
·
Reducir
el consumo de agua en todos los proyectos al menos en un 20%, conforme a lo
establecido en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y sus
Normas Técnicas Complementarias e incluir criterios de diseño para optimizar el
manejo de la misma, plantear sistemas de reaprovechamiento y/o tratamiento de
aguas residuales, así como aprovechar las aguas pluviales y promover la
infiltración de ésta.
·
Facilitar
el manejo cotidiano de residuos sólidos al incluir mobiliario y espacios para
disposición de residuos
·
separados.
·
Elegir
especies para áreas verdes propias de las condiciones climáticas y de
asoleamiento que optimicen el uso de agua y su mantenimiento.
·
Integrar
espacios laborales aptos para empleados y trabajadores, como áreas comunes,
comedores, cocinas, entre otros, como lo establece la Norma Mexicana de
Edificación Sustentable NMX-AA-164-SCFI-2013.
·
Procurar
obtener una certificación que acredite la sustentabilidad de la edificación de
acuerdo al Programa de Certificación de Edificaciones Sustentables (PCES) del
Gobierno del Distrito Federal y/o cumplir con los requerimientos de la Norma
Mexicana de Edificación Sustentable NMX-AA-164-SCFI- 2013.
III. Reactivación
Urbana y Fomento a la Economía Local:
·
Incorporar
bienes y servicios mercantiles barriales en función de las necesidades de la
población residente y flotante, a través de comercios y/o actividades
comunitarias en planta baja, que faciliten la vida a nivel de calle y banqueta,
que incrementen el número de accesos peatonales, pasajes comerciales y
culturales y que garanticen e incentiven la vida pública.
IV. Espacio Público:
·
Promover
criterios de diseño para las plantas bajas de los proyectos que faciliten la
visibilidad desde el exterior, evitar muros ciegos y bardas y privilegiar los
espacios de transición entre el espacio público y el privado a través de elementos
de diseño urbano que proporcionen sombra, resguardo, seguridad y bienestar con
el fin de integrar físicamente los frentes de las construcciones y los límites
de los predios con el espacio público.
·
Observar
los criterios para rampas y banquetas, conforme a los criterios, normas y
lineamientos establecidos por la Autoridad competente, así como para el diseño
de paradas de autobuses, señalización, publicidad exterior y demás elementos de
mobiliario urbano.
V. Transparencia:
·
Formalizar
los instrumentos jurídicos en los términos establecidos en el presente Acuerdo,
en los cuales se plasmen con claridad los criterios y condiciones bajo los
cuales se constituya el Sistema de Actuación por Cooperación y las obligaciones
de los particulares participantes y de la Administración Pública Local.
·
Mantener
una política de transparencia en los términos de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, respecto del Sistema de
Actuación por Cooperación que sea constituido por la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda.
En general, el Sistema
de Actuación por Cooperación deberá observar los lineamientos previstos en la
normatividad aplicable vigente en materia de diseño urbano, ordenamiento del
espacio público, áreas libres, áreas verdes, banquetas, cruceros, mobiliario
urbano, iluminación exterior y demás componentes urbanos, a efecto de
salvaguardar el uso, usufructo y disfrute colectivo de la zona.
SEXTO.- Para la ejecución del
Sistema de Actuación por Cooperación, tratándose de “Los Inmuebles”, la
Administración Pública del Distrito Federal deberá observar lo siguiente:
a) Dar prioridad a la
implementación de proyectos que tiendan a la construcción o mejoramiento de la
infraestructura utilizada por las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades
que conforman la Administración Pública del Distrito Federal u órganos
autónomos y de gobierno, para el cumplimiento de sus funciones, potencializando
el inventario patrimonial con el que actualmente cuenta el Distrito Federal,
así como de los programas en curso para el reforzamiento de la infraestructura
que sirve a la población residente;
b) “Los Inmuebles”
podrán desarrollarse de manera independiente, o agrupándolos en núcleos
atendiendo a las características específicas de cada inmueble y del contexto en
el que se ubican;
c) Las acciones para
el desarrollo de “Los Inmuebles” podrán ser realizadas de manera directa o
mediante la implementación de esquemas de asociación público privada en los
términos que establezca el marco normativo vigente. Las aportaciones de bienes,
proyectos y obras que realicen los particulares al Sistema de Actuación por
Cooperación, deberán de cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad
que determina la normatividad vigente, y
d) La Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda analizará y determinará los proyectos susceptibles
de ser desarrollados en “Los Inmuebles”, atendiendo al uso del suelo y
densidades autorizadas para cada inmueble en términos de la legislación aplicable.
SÉPTIMO.- Para alcanzar los objetivos
del Sistema de Actuación por Cooperación deberá contarse con un fideicomiso privado,
en el cual se establecerá un Comité Técnico como órgano de apoyo para la
coordinación, planeación, instrumentación, administración, desarrollo y
ejecución de las obras, proyectos, estudios y acciones.
Los participantes del
Sistema de Actuación por Cooperación deberán realizar las aportaciones que, de
conformidad a la normatividad aplicable, correspondan al fideicomiso.
La formalización de
los compromisos que asuman los particulares que participen en la ejecución del
Sistema de Actuación por Cooperación se hará mediante la celebración de un
Convenio de Concertación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
OCTAVO.- De conformidad con los
lineamientos que se deriven del Sistema de Actuación por Cooperación, se
incentivará la dotación de viviendas de calidad para diversos sectores de la
población a través del otorgamiento de beneficios en la zonificación,
respetando las proyecciones totales de vivienda de la zona consignadas en el
Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente de la Delegación Cuauhtémoc.
NOVENO.- El presente Acuerdo se
emite de conformidad con lo establecido en la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal y su Reglamento, a fin de establecer los compromisos que
asumirá la Administración Pública del Distrito Federal para la ejecución del
Sistema de Actuación por Cooperación; si para el desarrollo de “Los Inmuebles”
resulta necesaria la constitución de polígonos de actuación específicos, el
presente Acuerdo constituye la autorización referida en el último párrafo del
artículo 118 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano, siempre y cuando
los compromisos que la Administración Pública asuma en dicho Sistema coincidan
con los compromisos establecidos en este Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo
entrará en vigor el día de su publicación.
Dado en la Residencia
Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a
los trece días del mes de octubre del año dos mil quince.- EL JEFE DE
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA
SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE
DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ.-
FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, ÉDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA.- FIRMA.