PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 30 DE JUNIO DE 2004

 

OFICIO: SF/PFDF/2004/ 53

 

(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- México- - La Ciudad de la Esperanza)

 

SECRETARÍA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL

 

PROCURADURÍA FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

OFICIO: SF/PFDF/2004/ 53

 

ASUNTO: Se encomiendan atribuciones.

 

Ciudad de México, 10 de junio de 2004.

 

 

C. LIC. ALBERTO GUTIÉRREZ MENESES.

P R E S E N T E

 

LIC. EUGENIO ROBLES AGUAYO, en mi carácter de Procurador Fiscal del Distrito Federal, cargo que me fue conferido el día 1° de enero de 2001, por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Lic. Andrés Manuel López Obrador, conforme a las atribuciones que al efecto le otorgan los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción V, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 15, fracción VIII y 30, fracciones X, XI y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 7, fracción VIII, inciso C) y 36 fracciones XVII, XX, XXI y XXII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en ejercicio de las facultades que me fueron otorgadas mediante acuerdo emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, denominado “Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal para encomendar el ejercicio de atribuciones en materia de delitos fiscales previstos en el Código Financiero del Distrito Federal o que afecten la Hacienda Pública del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 29 de abril de este año y debido a la necesidad de agilizar la asistencia técnica y operativa de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal y de legitimar a los servidores públicos adscritos a ella para realizar las actuaciones procedentes con relación a los procedimientos penales relativos a los delitos fiscales, se considera pertinente encomendarle el ejercicio de las siguientes atribuciones:

 

a.1) Representar en toda clase de procedimientos judiciales los intereses de la Hacienda Pública del Distrito Federal en materia de delitos fiscales.

 

a.2) Denunciar o querellarse, ante el Ministerio Público competente, de los hechos que puedan constituir delito de los servidores públicos de la Secretaría de Finanzas en el desempeño de sus funciones, allegándose los elementos probatorios del caso y dando la intervención que corresponda a la Contraloría General del Distrito Federal, así como formular querellas o denuncias en materia de delitos fiscales, haciendo la determinación del daño o perjuicio en la propia querella en que ésta sea necesaria, así como de contribuciones coordinadas; y denunciar o querellarse ante el Ministerio Público competente de otros hechos delictivos en que la Secretaría de Finanzas resulte ofendida o en aquellos en que tenga conocimiento o interés, y cuando proceda, otorgar el perdón legal y pedir al Ministerio Público que solicite el sobreseimiento en los procesos penales.

 

b) Ejercer en materia de delitos fiscales las atribuciones señaladas a la Secretaría de Finanzas en el Código Financiero del Distrito Federal.

 

La presente encomienda surtirá sus efectos a partir del día siguiente en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en términos del punto Sexto del Acuerdo mencionado, publicado el día 29 de abril de 2004.

 

La autorización para el ejercicio de dichas atribuciones cesará en el momento mismo en que usted deje de prestar sus servicios en la Administración Pública del Distrito Federal, y no podrá ser delegada a favor de persona alguna.

 

A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

EL PROCURADOR FISCAL

(Firma)

LIC. EUGENIO ROBLES AGUAYO