PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 12 DE NOVIEMBRE DE 2004

 

ACUERDO IV. POR EL QUE SE DELEGAN EN DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.

 

(Al margen superior tres escudos que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- Consejería Jurídica y de Servicios Legales)

 

JOSÉ JESÚS GARCÍA CUEVAS, Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15, fracción XVI y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Acuerdo por el que se delega al titular de la Dirección General de Servicios Legales del Distrito Federal, la facultad de asignar y revocar apoderados para la defensa jurídica de la Administración Publica del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO IV. POR EL QUE SE DELEGAN EN DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.

 

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 264, cuarto párrafo del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y para actuar ante Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o autoridades jurisdiccionales, se delega la representación jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal en materia penal, respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentren adscritos, a los servidores públicos siguientes:

 

DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA

U ÓRGANO DESCONCENTRADO

 

NOMBRE

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Javier Rivera Carvajal

 

La representación legal en materia penal que por virtud del presente acuerdo se delega, comprende las facultades para presentar y ratificar denuncias, acusaciones o querellas, así como ratificarlas, constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o actuar ante autoridades jurisdiccionales respecto de procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón; respecto de los bienes muebles e inmuebles del dominio público y privado que su respectiva dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado tenga asignados para el desarrollo de sus funciones.

 

SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 264, cuarto párrafo del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y para actuar ante Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal o autoridades jurisdiccionales, se delega la representación jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal, en materia penal, respecto del órgano político administrativo al que se encuentren adscritos, a los servidores públicos siguientes:

 

DELEGACIÓN U ORGANO

POLÍTICO ADMINISTRATIVO

NOMBRE

Gustavo A. Madero

Jorge González Macias

Daniel Palafox Gómez

María Valentina Vázquez Cortés

Irma Calara Acosta Rodríguez

Iztacalco

José Jesús Carreón

Elisa Adriana Larios Méndez

Elizabeth Lozada Flores

Miguel Hidalgo

Enrique Granados Pérez

María Antonieta Reus Altamirano

Xochimilco

Uriel Herrera Mota

 

La representación legal en materia penal que por virtud del presente acuerdo se delega, comprende las facultades para presentar y ratificar denuncias, acusaciones o querellas, así como ratificarlas, constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común, en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón; respecto de los bienes muebles e inmuebles del dominio privado del Distrito Federal que su respectivo órgano político administrativo tenga asignado para el desarrollo de sus funciones, así como de los bienes del dominio público ubicadas dentro de su demarcación territorial de conformidad con los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

 

TERCERO.- Las facultades que por virtud del presente acuerdo se delegan, se ejercerán sin perjuicio del ejercicio directo que realice la Dirección General de Servicios Legales de conformidad con sus atribuciones.

 

Los efectos de la designación y delegación de facultades que establece el presente acuerdo, quedarán sin efectos en el momento mismo en que el servidor público facultado deje de prestar sus servicios o de manera expresa sea revocada la representación y facultades.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

En la Ciudad de México, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

 

 

(Firma)

LIC. JOSÉ JESÚS GARCÍA CUEVAS

DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES