PUBLICADO
EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 12 DE NOVIEMBRE DE 2004
ACUERDO
IV. POR EL QUE SE DELEGAN EN DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN
PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
(Al margen superior tres escudos
que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL.- Consejería Jurídica y de Servicios Legales)
JOSÉ JESÚS GARCÍA CUEVAS, Director General de Servicios
Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal,
con fundamento en los artículos 15, fracción XVI y 17 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2 y 116
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el
Acuerdo por el que se delega al titular de la Dirección General de Servicios
Legales del Distrito Federal, la facultad de asignar y revocar apoderados para
la defensa jurídica de la Administración Publica del Distrito Federal, he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO IV. POR EL QUE SE DELEGAN EN DIVERSOS
SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LAS
FACULTADES QUE SE INDICAN.
PRIMERO.- De conformidad con el artículo 264, cuarto párrafo
del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y para actuar
ante Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o autoridades
jurisdiccionales, se delega la representación jurídica de la Administración
Pública del Distrito Federal en materia penal, respecto de la dependencia,
unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentren adscritos, a
los servidores públicos siguientes:
DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA
U ÓRGANO DESCONCENTRADO
|
NOMBRE
|
Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal |
Javier
Rivera Carvajal |
La representación legal en materia
penal que por virtud del presente acuerdo se delega, comprende las facultades
para presentar y ratificar
denuncias, acusaciones o querellas, así como ratificarlas, constituirse
en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común en todo
lo relacionado con las averiguaciones previas o actuar ante autoridades
jurisdiccionales respecto de procesos penales, que se inicien o que se
instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón; respecto
de los bienes muebles e inmuebles del dominio público y privado que su
respectiva dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado tenga
asignados para el desarrollo de sus funciones.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
En la Ciudad de México, a los tres
días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.
(Firma)
LIC. JOSÉ JESÚS GARCÍA CUEVAS