PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 18 DE ABRIL DE 2005
AVISO POR EL
CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA HSBC PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO
FEDERAL
FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ,
Secretario de Transportes y Vialidad, con fundamento en los artículos 12
párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, VII y XVI de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 7
fracciones I, XXIII y XXXIX de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito
Federal; 1º, 7º fracción IX y 26 del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; 33 fracción V y 79 párrafo primero del Reglamento
de Transporte del Distrito Federal y,
Que dentro de las facultades y
obligaciones conferidas a la Secretaría de Transportes y Vialidad, se establecen las de dictar y ejecutar las
medidas necesarias para que los concesionarios cumplan eficazmente con la
prestación del servicio de transporte público individual de pasajeros “Taxi”,
de conformidad con lo establecido en la Ley de Transporte del Distrito Federal,
el Reglamento de Transporte del Distrito Federal y demás instrumentos jurídicos
y administrativos aplicables.
Que el Servicio de Transporte
Público Individual de Pasajeros “Taxi” precisa por su magnitud, cobertura e
importancia para la ciudadanía, de la mayor atención y apoyo por parte del
Gobierno del Distrito Federal, a fin de brindar a los usuarios un servicio
seguro y de calidad, así como coadyuvar a mejorar las condiciones ambientales
en el Distrito Federal.
Motivos por los cuales he tenido a bien
expedir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE EXPIDE
EL PROGRAMA HSBC PARA LA SUSTITUCIÓN DE TAXIS EN EL DISTRITO FEDERAL
Primero.- El objetivo del Programa
HSBC es el de coadyuvar a la renovación del parque vehicular destinado al
Servicio Público de Transporte Individual de Pasajeros “Taxi” en el Distrito
Federal, con unidades modelos 2005 o posteriores, que cumplan con las
características oficiales requeridas por la Secretaría de Transportes y Vialidad,
señaladas en el Aviso de la Cromática Oficial, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 17 de octubre de 2002.
Segundo.- Quedan comprendidos dentro
de este Programa todos los concesionarios que en forma voluntaria requieran
sustituir su unidad y que cumplan con los requisitos establecidos en la
Convocatoria que por separado se publica en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal en esta misma fecha.
Tercero.- La cobertura en una
primera etapa será de 250 créditos, con plazo de 72 pagos quincenales iguales y
consecutivos.
Cuarto.- El Gobierno del Distrito
Federal aportará un apoyo financiero de $15,000 (Quince mil pesos 00/100 MN.)
como ayuda para el enganche de la nueva unidad a los concesionarios o
permisionarios que hayan sido acreditados para el otorgamiento del crédito.
Quinto.-No se permitirá la
participación simultánea en otros Programas de Sustitución de Taxis coordinados
por el Gobierno del Distrito Federal. De caer en este supuesto, se cancelará
automáticamente el trámite.
Sexto.- A los concesionarios o
permisionarios que obtengan sus unidades en cualquiera de los Programas de
Sustitución de Taxis coordinados por el Gobierno del Distrito Federal se les
permitirá reingresar o ingresar al Programa HSBC para la Sustitución de Taxis
en el Distrito Federal, según sea el caso, siempre y cuando acrediten
satisfactoriamente la pérdida total del vehículo ante la Secretaría de
Transportes y Vialidad.
Para
cada uno de estos casos, el Gobierno del Distrito Federal entregará un apoyo
económico único de 15,000 pesos (Quince mil pesos 00/100 M.N.), siempre y
cuando resulten aprobados por la institución financiera. De repetirse la
pérdida total de la unidad, el monto de los 15 mil pesos correrá a cargo del
concesionario o permisionario.
Séptimo.- Los concesionarios o
permisionarios que soliciten su adhesión al Programa HSBC de Sustitución de
Taxis se obligan a cumplir con los requisitos establecidos por la Secretaría de
Transportes y Vialidad, así como por la institución financiera; con los
términos y condiciones del crédito; a destruir su unidad actual en el lugar,
tiempo y forma que determine esta Secretaría previo a la adjudicación del nuevo
vehículo, excepto los casos señalados en el punto Sexto de este Aviso; a dejar
en resguardo de la Secretaría de Transportes y Vialidad el título de concesión
o título permiso en original hasta finiquitar el monto total del crédito
obtenido con la institución financiera, a contratar el seguro vehicular de
cobertura amplia establecido por la institución financiera, a cumplir con el
periodo de comprobación con duración de 2 meses, y a cubrir el 35% de enganche
de la unidad solicitada.
Sexto.- Quedan exentos del periodo
de comprobación aquellas personas que anteriormente hayan adquirido y cumplido satisfactoriamente
con un crédito para auto con el banco HSBC.
Séptimo.- La interpretación de este
documento para efectos administrativos corresponde a la Secretaría de
Transportes y Vialidad.
Séptimo.- Este Aviso entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
Se
expide el presente en la Secretaría de Transportes y Vialidad, en la Ciudad de
México, Distrito Federal, el 1° de abril del 2005.
El Secretario de Transportes
y Vialidad
(Firma)