PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 30 DE JUNIO DE 2004

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL Y EN LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS REGIONALES DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL, ADSCRITOS A LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, LA FACULTAD QUE SE INDICA.

 

(Al margen superior izquierdo dos escudos que dicen: GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- México, la Ciudad de la Esperanza.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL)

 

ANDRES MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;  8, fracción II, 12, fracción I, II, IV y VI, 67, fracción II y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 7, 12, 14, 15, fracción IV 16, fracción IV y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 7, 9 fracción XIV Bis y XXIII, 22, fracción II de la Ley Ambiental del Distrito Federal, y 7, fracción IV, numeral 5 y 15 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

 

CONSIDERANDO

 

Que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, es facultad del Jefe de Gobierno del Distrito Federal instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones y obligaciones que le corresponden.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento Interior, corresponde a los titulares de la Secretaría la celebración de aquellos convenios y contratos que se relacionen directamente con el despacho de los asuntos encomendados a la Dependencia a su cargo.

 

Que con el objeto de que la Secretaría del Medio Ambiente, pueda cumplir oportunamente con sus funciones y a fin de que el ejercicio administrativo inherente a su materia se continúe realizando, es que se requiere delegar en el servicio publico señalado, la facultad de suscribir los convenios y contratos que se realicen conforme a la Ley Ambiental del Distrito Federal, y demás relacionadas con las distintas materias y sectores involucrados, sin que ello prive de la continua y permanente autorización y supervisión por parte del titular de la dependencia, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL Y EN LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS REGIONALES DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL, ADSCRITOS A LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, LA FACULTAD QUE SE INDICA.

 

PRIMERO.- Se delega en el Director General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural de la Secretaria del Medio Ambiente, la facultad para revisar y suscribir todos aquellos documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como celebrar, otorgar, suscribir los contratos, convenios y acuerdos, así como diversos actos jurídicos necesarios para el ejercicio de sus funciones de conformidad con la Ley Ambiental del Distrito Federal y demás ordenamientos aplicables.

 

SEGUNDO.- Se delega en los Directores de los Centros Regionales de Conservación de los Recursos Naturales y Desarrollo Rural adscritos a la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, la facultad de suscribir los convenios de colaboración individual del Programa Integral de Empleo Productivo y Sustentable (PIEPS), así como los relativos al Programa denominado Fondo Comunitario para el Desarrollo Rural Equitativo y Sustentable (FOCOMDES) de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Manual Administrativo de dicha Dirección General y dentro del ámbito de su competencia.

 

TERCERO.- La Secretaría del Medio Ambiente, establecerá un mecanismo de autorización y supervisión, sobre los documentos que conforme a este Acuerdo se formalicen en el ámbito de su competencia, conservando en todo momento la facultad de suscribir los mismos.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

SEGUNDO.- Se derogan todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.

 

Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de junio de 2004.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.- FIRMA.