PUBLICADO
EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 7 DE AGOSTO DE 2009
ACUERDO POR
EL QUE SE DELEGA EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES ADSCRITA
A LA JEFATURA DE LA OFICINA DEL JEFE DE GOBIERNO, LA FACULTAD DE ADMINISTRAR LAS CASAS DE LA CIUDAD DE
MÉXICO EN EL EXTERIOR CON CRITERIOS DE FUNCIONALIDAD Y EFICACIA Y SE LE
AUTORIZA SUSCRIBIR LOS CONVENIOS Y REALIZAR LOS ACTOS JURÍDICOS DE CARÁCTER
ADMINISTRATIVO RELACIONADOS CON LAS MISMAS
(Al margen superior un
escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122,
Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 4, 5, 8, fracción II, 52, 67 fracción II
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 5 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que al Jefe de Gobierno
como titular de la Administración Pública del Distrito Federal corresponden
originalmente todas las facultades establecidas en ordenamientos jurídicos
relativos al Distrito Federal, que podrán ser delegadas mediante acuerdos a los
servidores públicos subalternos.
Que para el desarrollo de
las actividades de la Administración Pública del Distrito Federal cuenta con
unidades administrativas, de asesoría, de apoyo técnico, jurídico, de
coordinación y planeación, entre las que se encuentra la Coordinación General
de Asuntos Internacionales adscrita a la Jefatura de la Oficina del Jefe de
Gobierno del Distrito Federal con funciones para establecer y mantener una
estrecha comunicación, intercambio de información y encuentros en todos los
niveles de Gobierno del Distrito Federal, con las representaciones diplomáticas
y consulares acreditadas en la Ciudad de México; coordinar, dar seguimiento y
evaluar la ejecución de proyectos o actividades que en materia internacional
sean propuestos y lleven a cabo las áreas que integran la Administración
Pública del Distrito Federal; y contribuir al seguimiento de compromisos y
acciones internacionales del Gobierno de la Ciudad, entre otras. Que las
constantes crisis económicas en el país, han generado movimientos migratorios,
originados en su mayoría en áreas rurales y de alta marginalidad, al grado que
el Distrito Federal se ha transformado en entidad particularmente expulsora de
personas, cuando en antaño se caracterizaba por ser un centro urbano receptor
de migrantes, inmigrantes y trabajadores temporales.
Que simultáneamente se han
presentado en el ámbito local, regional e internacional situaciones económicas,
políticas, sociales y culturales que han propiciado de manera significativa, el
crecimiento en los flujos migratorios hacia los países más desarrollados, los
cuales tienden a ser enfrentados o controlados mediante políticas
gubernamentales y actitudes sociales violatorias de los derechos humanos.
Que conforme a la
Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los
trabajadores Migratorios y sus Familias, aprobado el 18 de diciembre de 1990
por la Asamblea General de las Naciones Unidas, suscrito por el gobierno de
México el 22 de mayo de 1991, ratificado por el Senado de la República el 14 de
diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de
febrero de 1999, el Gobierno del Distrito Federal tiene la obligación de
establecer procedimientos o instituciones para atender las necesidades y
aspiraciones de los trabajadores migratorios y sus familiares.
Que como consecuencia del
fenómeno migratorio, un sinnúmero de personas se ven obligadas a permanecer por
largos periodos, lejos de sus familiares y seres queridos, lo cual impacta en
forma negativa en la dinámica social y familiar, en especial, cuando hay hijos
o dependientes económicos que son incapaces de valerse por sí mismos y que
dependen de la presencia y apoyo del padre, madre, esposo, pareja o
conviviente, para fortalecer sus procesos formativos y de socialización.
Que es fundamental para el
gobierno democrático del Distrito Federal fortalecer las medidas
institucionales necesarias para asegurar el ejercicio pleno de los derechos
humanos a todos los habitantes de la Ciudad de México, enfrentar los efectos
ocasionados en materia sociodemográfica por la migración en el tejido social y
familiar, y responder a las demandas de los capitalinos residentes en el
extranjero con medidas orientadas a mitigar o resolver los problemas generados
por el fenómeno migratorio en sus diversas manifestaciones.
Que para su atención se
requiere de mecanismos y acciones que mantengan lazos sociales, culturales y
económicos entre quienes, por razones diversas emigran de su comunidad de
origen; a través de un área específica que atienda de manera eficiente y eficaz
a ese sector, sin perjuicio de la continua y permanente autorización y
supervisión del Jefe de Gobierno.
Que la Coordinación
General de Asuntos Internacionales adscrita a la Jefatura de la Oficina del
Jefe de Gobierno resulta la instancia idónea para administrar las casas de la
Ciudad de México en el Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE
DELEGA EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES ADSCRITA A LA
JEFATURA DE LA OFICINA DEL JEFE DE GOBIERNO, LA FACULTAD QUE SE INDICA.
PRIMERO. – Se delega en el
titular de la Coordinación General de Asuntos Internacionales, adscrita a la
Jefatura de la Oficina del Jefe de Gobierno, la facultad de administrar las
Casas de la Ciudad de México en el Exterior con criterios de funcionalidad y
eficacia y se le autoriza suscribir los convenios y realizar los actos
jurídicos de carácter administrativo relacionados con las mismas.
SEGUNDO. – Los contratos,
convenios y demás instrumentos jurídicos que conforme a este Acuerdo se
formalicen en el ámbito de su competencia, deberán ajustarse a los lineamientos
y normas que rigen para la Administración Pública del Distrito Federal.
TERCERO. – El titular de la
Coordinación General de Asuntos Internacionales informará al Jefe de Gobierno
de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la administración de
las casas de la Ciudad de México en el Exterior.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Se deroga en los
conducente el ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LA SECRETARIA DE DESARROLLO
RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, LA FACULTAD QUE SE INDICA, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de marzo de 2007.
SEGUNDO.- El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
TERCERO.- La Coordinación General de
Asuntos Internacionales, en coordinación con la Secretaría de Finanzas y la
Oficialía Mayor, adscribirá y distribuirá los recursos humanos, materiales y
financieros necesarios para el adecuado cumplimiento de la facultad materia de
este Acuerdo.
CUARTO.- La Secretaría de
Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y la Coordinación General de
Asuntos Internacionales implementarán mecanismos para que, de manera expedita y
sin menoscabo en la atención a los beneficiarios, se efectúe la transferencia
de los programas en ejecución.
Dado en la Residencia
Oficial del Jefe de Gobierno, a los veintiocho días del mes de julio del año
dos mil nueve.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS
EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS
COMUNIDADES, MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- FIRMA.
ACUERDO QUE REFORMA EL
DIVERSO POR EL QUE SE DELEGA EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
INTERNACIONALES, ADSCRITA A LA JEFATURA DE LA OFICINA DEL JEFE DE GOBIERNO, LA
FACULTAD QUE SE INDICA
(Al margen superior u
escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122,
Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 4, 5, 8, fracción II, 52, 67, fracción II,
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 5 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que al Jefe de Gobierno, como
titular de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponden
originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos
relativos al Distrito Federal, que podrán ser delegadas mediante acuerdos a los
servidores públicos subalternos.
Que para el desarrollo de
las actividades de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, cuenta con unidades administrativas, de
asesoría, de apoyo técnico, jurídico, de coordinación y planeación.
Que entre esas unidades
administrativas se encuentra la Coordinación General de asuntos Internacionales
con funciones para establecer y mantener una estrecha comunicación, intercambio
de información y encuentros en todos los niveles de Gobierno del Distrito
Federal, con las representaciones diplomáticas y consulares acreditadas en la
Ciudad de México y contribuir al seguimiento de compromisos y acciones
internacionales del Gobierno de la Ciudad, entre otras.
Que es necesario
reformular y reforzar las funciones que la Coordinación General de asuntos
Internacionales realiza en las Casas de la Ciudad de México en el Exterior,
para coordinar los programas sociales que se brindan y la operación de los
recursos humanos, materiales y financieros que se requieran; he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO QUE REFORMA EL
DIVERSO POR EL QUE SE DELEGA EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
INTERNACIONALES, ADSCRITA A LA JEFATURA DE LA OFICINA DEL JEFE DE GOBIERNO, LA
FACULTAD QUE SE INDICA.
Se reforma la denominación
y el punto primero del Acuerdo por el que se Delega en la Coordinación General
de Asuntos Internacionales, adscrita a la Jefatura de la Oficina del Jefe de
Gobierno, la facultad que se indica, publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, el día 7 de agosto de 2009, para quedar como sigue:
ACUERDO POR EL QUE SE
DELEGA EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES, ADSCRITA A LA
JEFATURA DE LA OFICINA DEL JEFE DE GOBIERNO, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
PRIMERO. – Se delegan en el titular
de la Coordinación General de Relaciones Internacionales, adscrita a la
Jefatura de la Oficina del Jefe de Gobierno, las facultades siguientes:
I. Administrar las Casas
de la Ciudad de México en el Exterior;
II. Coordinar, en las
Casas de la Ciudad de México en el Exterior, a las Dependencias que tengan a su
cargo programas de carácter social que en ellas se brinden; las dependencias
aplicarán y ejecutarán las directrices que la Coordinación General formule al
respecto.
III. Suscribir los convenios
y realizar los actos jurídicos de carácter administrativo relacionados con el
objeto de este instrumento.
La Oficialía Mayor del
Gobierno del Distrito Federal propondrá y suscribirá convenios con asociaciones
sin fines de lucro, para el otorgamiento de ayudas económicas en beneficio de
las actividades que se desarrollen en las Casas de la Ciudad de México en el
Exterior.
TRANSITORIOS
PRIMERO. – Publíquese en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO. – El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Dado en la Residencia
Oficial del Jefe de Gobierno, a los doce días del mes de marzo del año dos mil
diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD
CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.-
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA.- EL
SECRETARIO DE TURISMO, ALEJANDRO ROJAS DÍAZ DURÁN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE
DESARROLLO ECONÓMICO, LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO
RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- FIRMA.