PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 25 DE ENERO DE 2010

 

LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEGURO CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR 2010

 

MARTI BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los artículos 87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III, IV y VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; I fracciones I y II, 10 fracción IV, 32, 33, 35, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y 81, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, emito el siguiente:

 

LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEGURO CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR 2010

 

Introducción

Uno de los problemas fundamentales al que se enfrentan las mujeres que viven violencia familiar extrema es el no contar con recursos económicos, emocionales y sociales que les permitan alejarse o abandonar una relación de violencia. La falta de autonomía económica y la falta de redes familiares y sociales de apoyo hacen que las mujeres permanezcan en una situación que pone en riesgo tanto su seguridad  como la de sus hijas e hijos, prolongando su dependencia con el agresor.

 

La privación de la libertad, el secuestro y la desaparición de mujeres, adolescentes y niñas que habitan la ciudad de México, constituye una de las formas más graves de manifestación de la violencia, y se convierte en el origen y consecuencia de la trata de personas, vulnerando y violentando el principio de la dignidad humana al ser sometidas a condiciones de explotación sexual, laboral, esclavitud y otros fines ilícitos.

 

Por ello el Gobierno de la Ciudad de México en cumplimiento con su compromiso de llevar a cabo acciones que favorezcan la eliminación de todas las formas de discriminación y violencia hacia las mujeres, trabaja para que las mujeres que viven violencia extrema en sus familias y las víctimas de trata, puedan acceder al “Seguro contra la Violencia Familiar”.

 

I.- Dependencia responsable del programa

La Secretaria de Desarrollo Social a través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social.

 

II.- Objetivo y alcances

Violencia Familiar

 

Apoyar económicamente a las mujeres que se encuentran en una situación de violencia familiar que pone en riesgo su integridad física, emocional e incluso su vida para que puedan contar con las condiciones básicas que les permitan iniciar una vida libre de violencia.

 

Buscar que las beneficiarias del Seguro Contra la Violencia Familiar además de un respaldo económico cuenten con las herramientas básicas que brinda el Programa de Reinserción Social para Mujeres Víctimas de Violencia Familiar.

 

Ofrecer condiciones mínimas de independencia para la toma de decisiones, empoderamiento y rescate de sus derechos a través de un proceso jurídico y de atención psicológica para la víctima directa e indirectas de violencia familiar.

 

Trata de Personas

 

Contribuir a la prevención y erradicación de la trata de personas, la construcción de una cultura de no violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, que por razones de su situación de vulnerabilidad, socioeconómica, su pertenencia étnica y su condición de género son víctimas de trata de personas.

 

Que las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de trata, tengan la posibilidad de reincorporarse a la sociedad, recuperando su autonomía.

 

III. Metas físicas

Al menos 500 mujeres entre víctimas de violencia familiar y trata de personas.

 

Dentro de esta meta están contempladas las beneficiarias del Seguro contra la Violencia Familiar, que ingresaron al Programa bajo los lineamientos y mecanismos de operación 2009

 

IV. Programación presupuestal

El presupuesto autorizado para la operación de este Programa en el ejercicio fiscal 2010 es de al menos $18,600,000.00 (Dieciocho millones seiscientos mil pesos 00/100 MN). Cada derechohabiente recibirá un monto mensual de $1,537.00 (mil quinientos treinta y siete pesos 00/100 MN), por un año para todas las usuarias. Salvo en ocasiones especiales que designe la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, se podrá extender el periodo de apoyo hasta por un año y medio.

 

V. Requisitos y Perfil de Acceso

Violencia Familiar

 

a. Mujeres residentes del Distrito Federal que se encuentran en situación de violencia familiar ejercida por su pareja en relación de afinidad civil, concubinato o que mantenga una relación de hecho que ponga en riesgo su vida.

b. Mujeres con escasas o nulas redes de apoyo.

c. Ser valorada por las instancias canalizadoras como víctima de alto riesgo.

d. Haber iniciado el proceso de acompañamiento psicológico.

e. Haber iniciado un proceso jurídico.

 

Trata de Personas

 

a. Mujeres, niñas y adolescentes residentes del Distrito Federal víctimas de trata de personas.

b. Haber iniciado el proceso de acompañamiento psicológico en la Institución canalizadora.

c. Haber iniciado un proceso jurídico.

d. Ser canalizada por los Centros que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas dependientes de la Subprocuraduría de Atención  a víctimas del delito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

 

VI. Procedimientos de instrumentación

1. El proceso de asignación del Seguro será a través de una selección de casos que cubran los requisitos y perfil de ingreso al Programa.

2. Instancias canalizadoras para el acceso al Programa:

 

a. A través de las Unidades de Atención y Prevención de la Violencia Familiar (UAPVIF), adscritas a la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social.

b. El Albergue del Distrito Federal y por Albergues y Refugios especializados en violencia familiar ubicados en la Ciudad de México.

c. Dependencias del Gobierno del Distrito Federal.

d. Organizaciones de la Sociedad Civil que atiendan la problemática de Violencia Familiar.

e. A través de los Centros  que integran  el Sistema de Auxilio a Víctimas  dependientes  de la Subprocuraduría de atención a Víctimas del Delito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal   .

 

Para todos los casos se utilizarán los Formatos Únicos de Acceso al Programa.

 

1. El expediente de la derechohabiente  incluirá:

a. Los Formatos Únicos de Acceso al Programa.

b. Copia de identificación oficial. ( no es necesario en el caso de víctimas de trata)

c. Clave Única de Registro de Población (CURP). ( no es necesario en el caso de víctimas de trata)

d. Comprobante de domicilio. ( no es necesario en el caso de víctimas de trata únicamente se mencionara el domicilio de la institución canalizadora)

e. Acta de nacimiento. ( no es necesario en el caso de víctimas de trata)

f. Los documentos que sustenten ser víctima de violencia familiar o trata de personas y llevar a cabo un proceso jurídico.

 

Violencia Familiar

 

a. Los Formatos Únicos de Acceso al Programa.

b. Copia de identificación oficial.

c. Clave Única de Registro de Población (CURP).

d. Comprobante de domicilio.

e. Acta de nacimiento.

f. Los documentos que sustenten ser víctima de violencia familiar y llevar a cabo un proceso jurídico.

 

En caso de que corra riesgo la seguridad de las beneficiarias se utilizará el domicilio de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social.

 

Trata de Personas

 

a. Los Formatos Únicos de Acceso al Programa.

b. Clave Única de Registro de Población (CURP).

c. Acta de nacimiento.

d. Expediente del albergue o refugio, el cual contendrá el Proceso Terapéutico y Proceso Jurídico de la mujer, niña o adolescente.

f. Como comprobación del domicilio se utilizará el de la Institución canalizadora.

 

VII. Procedimientos de queja o inconformidad

En caso de que exista alguna inconformidad derivada del mecanismo de acceso a este Programa, la interesada podrá presentar su queja o denuncia, mediante oficio dirigido a la Secretaría de Desarrollo Social o a la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social solicitando que sea analizado su caso. También podrá dar vista a la Contraloría General del Distrito Federal, cuando considere que se le excluye o contraviene las disposiciones legales aplicables, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

 

VIII. Mecanismos de exigibilidad

El Programa se plantea bajo el principio de la universalidad, por lo que toda mujer víctima de violencia familiar valorada como de alto riesgo puede exigir su participación en el Programa, solicitando sus beneficios en las instancias canalizadoras señaladas en el punto VI numeral 2 de estas reglas de operación o a la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social.

 

La persona que se considere indebidamente excluida de este Programa Social podrá presentar su queja ante la Procuraduría Social del Distrito Federal o registrarla a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL al teléfono 5658 1111, de conformidad con el los artículos 72 y 73 del Reglamento de La Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

 

IX. Mecanismos de evaluación e indicadores

La Dirección General de Igualdad y Diversidad Social elaborará una evaluación diagnóstica sobre el Programa que difundirá en su página de Internet.

 

Asimismo, instrumentará un procedimiento para dar seguimiento a los siguientes indicadores:

 

• Número de mujeres beneficiarias.

 

• Porcentaje de mujeres que concluyeron con el Programa. El cual es igual al número de mujeres que concluyeron con el Programa entre el total de beneficiarias.

 

• Porcentaje de mujeres beneficiarias que concluyeron su proceso terapéutico. Equivale al número de mujeres que concluyeron su proceso terapéutico entre el total de beneficiarias.

 

• Porcentaje de mujeres beneficiarias que concluyeron su proceso legal. Corresponde al número de mujeres que concluyeron su proceso legal entre el total de beneficiarias.

 

• Porcentaje de mujeres que fueron apoyadas por el Programa Reinserción Social. El cual corresponde al número de mujeres que tuvieron apoyo del Programa de Reinserción Social entre el total de beneficiarias.

 

• Registro semestral cuantitativo y cualitativo de una muestra representativa del padrón de beneficiarias, para analizar los cambios y transformaciones que se operaron en las mujeres con la acción del programa, encaminados a la construcción de una vida libre de violencia.

 

X. Participación social

Se presentará un informe semestral del desarrollo del Programa ante el Consejo para la Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar del Distrito Federal que está integrado por representantes de distintas dependencias gubernamentales así como representantes de las Organizaciones Sociales, para retomar sus puntos de vista y propuestas con el fin de mejorar la operación del Programa.

 

XI. Articulación con otros programas sociales

• Programa de Reinserción Social para Mujeres Víctimas de Violencia Familiar de la Ciudad de México.

 

XII. Consideraciones finales

Los aspectos no previstos en los presentes lineamientos y mecanismos de operación, serán resueltos por la Secretaría de Desarrollo Social quien tiene la facultad de interpretarlos.

 

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el DF será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”

 

Transitorios

 

ÚNICO.- Publíquese el presente instrumento en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

México Distrito Federal a 19 de enero de 2010

 

Secretario de Desarrollo Social

(Firma)

__________________________

Martí Batres Guadarrama

 

 

TRANSITORIOS DEL AVISO DE MODIFICACIÓN  A LOS LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEGURO CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR 2010, PUBLICADO EL 25 DE ENERO DE 2010 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 765; PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2010.

 

ÚNICO.- Publíquese el presente instrumento en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.