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Jueves, 28 de marzo de 2024
Artículo 14, fracción II. - Atribuciones y responsabilidades

Atribuciones, Perfil de Puesto y Curriculum

Nivel N-39.5
Cargo y Puesto DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA MÓVIL
Titular C. SELECCION EN PROCESO
Unidad Administrativa de Adscripción DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA MÓVIL
Tipo de Trabajador
(Estructura, Confianza, Eventual, Otro)
Estructura
Fecha de alta en el cargo 01/01/0001
Dirección AVENIDA TLAXCOAQUE #8 PISO 3
COLONIA CENTRO (1)
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC (9)
C.P. 06090
CIUDAD DE MÉXICO
Mapa de ubicación de la oficina
Teléfono 56279700 EXT. 54123
Correo electrónico
Foto empleado

Atribuciones y responsabilidades

Artículo 113 Quinquies.- Corresponde a la Dirección de Contraloría Móvil:

I. Proponer, para su aprobación, al titular de la Contraloría General su programa anual de trabajo para la recepción de quejas y denuncias, así como de verificaciones, visitas, revisiones e inspecciones que realizarán de forma itinerante en las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública y en la vía pública de la Ciudad de México, para vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas que rigen la actuación de las personas servidoras públicas;
II. Ordenar y ejecutar verificaciones, visitas, revisiones e inspecciones de forma itinerante en las instalaciones de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública o en cualquier lugar de la Ciudad de México, cuando los efectos de los actos o conductas de las personas servidoras públicas trasciendan de los lugares de cada oficina pública, conforme al programa anual de trabajo, a efecto de verificar el cumplimiento de objetivos y de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de: trámites y servicios al público; adquisiciones, servicios y arrendamientos; recursos humanos, obra pública y servicios relacionados con la misma, activos fijos, vehículos, recursos materiales, bienes muebles e inmuebles, almacenes, inventarios, egresos, gasto de inversión, ingresos, disponibilidades, pasivos, contabilidad, gasto corriente, control presupuestal, pagos, cuentas por liquidar certificadas, sistema de información y registro, estadística, organización, procedimientos de cualquier naturaleza, planeación, programación, presupuestación, deuda pública, ejercicio de recursos locales y federales conforme a las normas aplicables; así como el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas que rigen su marco de actuación;
III. Ordenar y realizar visitas e inspecciones a las instalaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios, contratistas, supervisores externos, concesionarios, permisionarios, o cualesquiera otros que intervengan, en las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública, concesiones, permisos y demás procedimientos previstos en el marco jurídico de la Ciudad de México, que efectúen las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México,
para vigilar que cumplan con lo establecido en las bases, los contratos, convenios, títulos concesión, acuerdos, permisos, y en general todo instrumento jurídico, así como en las normas y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
IV. Instalar de forma itinerante en las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública y en la vía pública de la Ciudad de México conforme a su programa anual de trabajo y en las áreas que de forma extraordinaria instruya el titular de la Contraloría General, módulos, oficinas o áreas para la recepción de quejas o denuncias por actos u omisiones de las personas servidoras públicas;
V. Recibir y turnar las quejas o denuncias y dar vista de las irregularidades que detecte o tenga conocimiento; con motivo del ejercicio de sus atribuciones, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades o la Contraloría Interna que corresponda y demás autoridades competentes, para su atención, investigación, substanciación y determinación de responsabilidades; así como dar seguimiento sobre su resolución;
VI. Elaborar y proponer al Contralor General los lineamientos generales, en coordinación con las Direcciones Generales de Contralorías Internas en delegaciones, en dependencias y órganos desconcentrados y en entidades, para el ejercicio de atribuciones de control y fiscalización de manera itinerante;
VII. Requerir información, documentación y toda clase de facilidades para el ejercicio de sus atribuciones a las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como a los proveedores, prestadores de servicios, contratistas, concesionarios, permisionarios, supervisores externos, fabricantes, distribuidores o cualesquier particular;
VIII. Instrumentar actas administrativas para constancia de hechos y circunstancias, documentar las inconsistencias detectadas y en general, emitir cualquier otro acto jurídico que resulte necesario para el ejercicio de sus atribuciones;
IX. Autorizar el uso de recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Dirección, para el desempeño de las funciones encomendadas, a través del personal que le está adscrito o que sea comisionado para el apoyo de sus funciones;
X. Solicitar el apoyo y auxilio de las autoridades competentes tanto locales como federales, para el cumplimiento de sus atribuciones y en su caso, el de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, para salvaguardar la integridad del personal de la Contraloría General;
XI. Comisionar por escrito al personal a su cargo, para la realización de las funciones y atribuciones específicas de la Dirección;
XII. Expedir previo cotejo, copias certificadas de los documentos que obran en sus archivos, de los que tenga acceso con motivo del desarrollo de sus actividades, o de los documentos que obren en los archivos o tengan acceso sus unidades administrativas de apoyo técnico-operativo;
XIII. Comisionar al personal adscrito para que coadyuven en la realización de actividades y funciones de competencia de otras unidades administrativas y contralorías internas de la Contraloría General;
XIV. Requerir el apoyo de otras unidades administrativas de la Contraloría General y contralorías internas para el ejercicio de sus atribuciones, a través del personal que se comisione para tal efecto;
XV. Presentar a través de su titular o del personal debidamente acreditado, demandas, querellas, quejas y denuncias, contestar demandas, rendir informes, absolver posiciones, realizar promociones e interponer recursos ante toda clase de autoridades administrativas, judiciales y jurisdiccionales, locales o federales, en representación de los intereses de la Contraloría General, en todos los asuntos en los que sea parte, o cuando tenga interés jurídico y estos asuntos se encuentren relacionados con las facultades que tiene encomendadas, para lo cual la Contraloría General otorgará el apoyo necesario, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades;
XVI. Proponer a las Direcciones Generales de Contralorías Internas la realización de auditorías, visitas, revisiones, verificaciones e inspecciones en el ámbito de sus atribuciones, derivado de las inconsistencias detectadas con motivo de las funciones itinerantes que tiene encomendadas; así como coordinarse con tales áreas en el ejercicio de sus respectivas competencias;
XVII. Suspender temporal o definitivamente los procedimientos de licitación pública, invitación restringida a cuando menos tres proveedores o contratistas, adjudicaciones directas, así como cualesquiera otros procesos y procedimientos administrativos previstos en los ordenamientos aplicables vigentes, en materia de trámites y servicios al público, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, enajenación, adquisición, transferencia y baja de bienes muebles e inmuebles, concesiones, permisos, almacenes e inventarios, así como en todos aquellos previstos en el marco normativo, incluyendo todas las consecuencias administrativas o legales que de éstos resulten, cuando deriven de irregularidades o inconsistencias detectadas con motivo del ejercicio de sus funciones de forma itinerante;
XVIII. Instruir a las dependencias y órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, de la Administración Pública de Ciudad de México, a suspender temporal o definitivamente, revocar, rescindir o terminar anticipadamente los contratos, convenios, títulos concesión, acuerdos, actas, pagos, y demás instrumentos jurídicos y administrativos, en materia de trámites y servicios al público, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, concesiones, permisos, enajenación y adquisición de bienes muebles e inmuebles, así como todos aquellos previstos en el marco normativo, incluyendo todas las consecuencias administrativas o legales que de éstos resulten, cuando deriven de irregularidades o inconsistencias detectadas con motivo del ejercicio de sus funciones de forma itinerante;
XIX. Vigilar y supervisar el correcto desempeño de los actos con relación a las materias de Prevención del Conflicto de Intereses, Transparencia y Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Archivos y Programa de Derechos Humanos, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XX. Coadyuvar conforme a su capacidad de recursos y programas de trabajo de la Contraloría General, con otros órganos de fiscalización y autoridades federales y locales, de conformidad con los convenios y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; y
XXI. Las demás que le instruya el titular de la Contraloría General; las que expresamente le atribuyan este reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos.
Para el cumplimiento de las atribuciones señaladas en este artículo, la Dirección de Contraloría Móvil podrá ejercer sus funciones en días y horas hábiles e inhábiles, atendiendo a los días y horas en que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México realicen sus actividades."







Perfil de puesto

Misión
Objetivos y Funciones Artículo 113 Quinquies.- Corresponde a la Dirección de Contraloría Móvil:

I. Proponer, para su aprobación, al titular de la Contraloría General su programa anual de trabajo para la recepción de quejas y denuncias, así como de verificaciones, visitas, revisiones e inspecciones que realizarán de forma itinerante en las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública y en la vía pública de la Ciudad de México, para vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas que rigen la actuación de las personas servidoras públicas;
II. Ordenar y ejecutar verificaciones, visitas, revisiones e inspecciones de forma itinerante en las instalaciones de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública o en cualquier lugar de la Ciudad de México, cuando los efectos de los actos o conductas de las personas servidoras públicas trasciendan de los lugares de cada oficina pública, conforme al programa anual de trabajo, a efecto de verificar el cumplimiento de objetivos y de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de: trámites y servicios al público; adquisiciones, servicios y arrendamientos; recursos humanos, obra pública y servicios relacionados con la misma, activos fijos, vehículos, recursos materiales, bienes muebles e inmuebles, almacenes, inventarios, egresos, gasto de inversión, ingresos, disponibilidades, pasivos, contabilidad, gasto corriente, control presupuestal, pagos, cuentas por liquidar certificadas, sistema de información y registro, estadística, organización, procedimientos de cualquier naturaleza, planeación, programación, presupuestación, deuda pública, ejercicio de recursos locales y federales conforme a las normas aplicables; así como el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas que rigen su marco de actuación;
III. Ordenar y realizar visitas e inspecciones a las instalaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios, contratistas, supervisores externos, concesionarios, permisionarios, o cualesquiera otros que intervengan, en las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública, concesiones, permisos y demás procedimientos previstos en el marco jurídico de la Ciudad de México, que efectúen las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México,
para vigilar que cumplan con lo establecido en las bases, los contratos, convenios, títulos concesión, acuerdos, permisos, y en general todo instrumento jurídico, así como en las normas y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
IV. Instalar de forma itinerante en las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública y en la vía pública de la Ciudad de México conforme a su programa anual de trabajo y en las áreas que de forma extraordinaria instruya el titular de la Contraloría General, módulos, oficinas o áreas para la recepción de quejas o denuncias por actos u omisiones de las personas servidoras públicas;
V. Recibir y turnar las quejas o denuncias y dar vista de las irregularidades que detecte o tenga conocimiento; con motivo del ejercicio de sus atribuciones, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades o la Contraloría Interna que corresponda y demás autoridades competentes, para su atención, investigación, substanciación y determinación de responsabilidades; así como dar seguimiento sobre su resolución;
VI. Elaborar y proponer al Contralor General los lineamientos generales, en coordinación con las Direcciones Generales de Contralorías Internas en delegaciones, en dependencias y órganos desconcentrados y en entidades, para el ejercicio de atribuciones de control y fiscalización de manera itinerante;
VII. Requerir información, documentación y toda clase de facilidades para el ejercicio de sus atribuciones a las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como a los proveedores, prestadores de servicios, contratistas, concesionarios, permisionarios, supervisores externos, fabricantes, distribuidores o cualesquier particular;
VIII. Instrumentar actas administrativas para constancia de hechos y circunstancias, documentar las inconsistencias detectadas y en general, emitir cualquier otro acto jurídico que resulte necesario para el ejercicio de sus atribuciones;
IX. Autorizar el uso de recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Dirección, para el desempeño de las funciones encomendadas, a través del personal que le está adscrito o que sea comisionado para el apoyo de sus funciones;
X. Solicitar el apoyo y auxilio de las autoridades competentes tanto locales como federales, para el cumplimiento de sus atribuciones y en su caso, el de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, para salvaguardar la integridad del personal de la Contraloría General;
XI. Comisionar por escrito al personal a su cargo, para la realización de las funciones y atribuciones específicas de la Dirección;
XII. Expedir previo cotejo, copias certificadas de los documentos que obran en sus archivos, de los que tenga acceso con motivo del desarrollo de sus actividades, o de los documentos que obren en los archivos o tengan acceso sus unidades administrativas de apoyo técnico-operativo;
XIII. Comisionar al personal adscrito para que coadyuven en la realización de actividades y funciones de competencia de otras unidades administrativas y contralorías internas de la Contraloría General;
XIV. Requerir el apoyo de otras unidades administrativas de la Contraloría General y contralorías internas para el ejercicio de sus atribuciones, a través del personal que se comisione para tal efecto;
XV. Presentar a través de su titular o del personal debidamente acreditado, demandas, querellas, quejas y denuncias, contestar demandas, rendir informes, absolver posiciones, realizar promociones e interponer recursos ante toda clase de autoridades administrativas, judiciales y jurisdiccionales, locales o federales, en representación de los intereses de la Contraloría General, en todos los asuntos en los que sea parte, o cuando tenga interés jurídico y estos asuntos se encuentren relacionados con las facultades que tiene encomendadas, para lo cual la Contraloría General otorgará el apoyo necesario, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades;
XVI. Proponer a las Direcciones Generales de Contralorías Internas la realización de auditorías, visitas, revisiones, verificaciones e inspecciones en el ámbito de sus atribuciones, derivado de las inconsistencias detectadas con motivo de las funciones itinerantes que tiene encomendadas; así como coordinarse con tales áreas en el ejercicio de sus respectivas competencias;
XVII. Suspender temporal o definitivamente los procedimientos de licitación pública, invitación restringida a cuando menos tres proveedores o contratistas, adjudicaciones directas, así como cualesquiera otros procesos y procedimientos administrativos previstos en los ordenamientos aplicables vigentes, en materia de trámites y servicios al público, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, enajenación, adquisición, transferencia y baja de bienes muebles e inmuebles, concesiones, permisos, almacenes e inventarios, así como en todos aquellos previstos en el marco normativo, incluyendo todas las consecuencias administrativas o legales que de éstos resulten, cuando deriven de irregularidades o inconsistencias detectadas con motivo del ejercicio de sus funciones de forma itinerante;
XVIII. Instruir a las dependencias y órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, de la Administración Pública de Ciudad de México, a suspender temporal o definitivamente, revocar, rescindir o terminar anticipadamente los contratos, convenios, títulos concesión, acuerdos, actas, pagos, y demás instrumentos jurídicos y administrativos, en materia de trámites y servicios al público, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, concesiones, permisos, enajenación y adquisición de bienes muebles e inmuebles, así como todos aquellos previstos en el marco normativo, incluyendo todas las consecuencias administrativas o legales que de éstos resulten, cuando deriven de irregularidades o inconsistencias detectadas con motivo del ejercicio de sus funciones de forma itinerante;
XIX. Vigilar y supervisar el correcto desempeño de los actos con relación a las materias de Prevención del Conflicto de Intereses, Transparencia y Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Archivos y Programa de Derechos Humanos, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XX. Coadyuvar conforme a su capacidad de recursos y programas de trabajo de la Contraloría General, con otros órganos de fiscalización y autoridades federales y locales, de conformidad con los convenios y disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; y
XXI. Las demás que le instruya el titular de la Contraloría General; las que expresamente le atribuyan este reglamento; y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos.
Para el cumplimiento de las atribuciones señaladas en este artículo, la Dirección de Contraloría Móvil podrá ejercer sus funciones en días y horas hábiles e inhábiles, atendiendo a los días y horas en que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México realicen sus actividades.
Escolaridad requerida Licenciatura
Área de conocimiento requerida Ciencias Sociales, Económico –Administrativo- Contaduría, Ingenierias- Arquitectura
Experiencia laboral requerida Número total de años de experiencia 3
Área de experiencia En la inspección, vigilancia y control de áreas de la Administración Pública o entes privados, así como la recepción de quejas o denuncias, tramitación y desarrollo de cada una de las actividades mencionadas

 

 

Currículum


Experiencia Laboral INFORMACION PENDIENTE
Último grado de estudios NO ESPECIFICADO
Área de conocimiento
Hipervínculo a la versión pública del currículum versión pública del currículum
Sanciones Administrativas definitivas: Sí/No

NOTAS:

* La Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de la Contraloría General depende orgánicamente de la Secretaría de Administración y Finanzas.


Área responsable: DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA MÓVIL
Última actualización: 01/05/2020
Fecha de validación de la información: 01/05/2020